A simple vista, tal reconocimiento no tiene nada de extraordinario si tomamos en cuenta que la Ley Federal del Trabajo, expresamente faculta a los trabajadores para que sin autorización previa y conforme a su deseo formen sindicatos, para tal efecto sólo se requiere -entre otras cosas- de 20 trabajadores en servicio activo. Debo señalar que se trata de un sindicato gremial, esto es que fue formado por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad, que en este caso sin lugar a dudas se integró con trabajadores que prestan sus servicios precisamente para los organismos descentralizados que integran los sistemas de agua potable y su ámbito de acción lo es en todo el Estado de Morelos. Como ya mencione antes, su reconocimiento parece no tener nada de extraordinario.
Sin embargo, analizando a detalle, encontramos entre otras diversas situaciones y en principio de los 28 trabajadores que lo constituyeron, 27 de ellos laboran para el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Cuernavaca, por su parte el integrante número 28 lo hace para un sistema distinto (aunque posteriormente se retractó en cuanto a pertenecer al nuevo sindicato). De todo esto tenemos entonces la existencia y reconocimiento legal de un nuevo sindicato que tiene circunscripción estatal, esto es que puede actuar en todo nuestro Estado, pero que únicamente se encuentra integrado por trabajadores que le prestan servicios a un solo patrón.
De igual manera, el secretario general o representante legal del nuevo sindicato a la par se desempeña como secretario del Trabajo y Conflictos de otro distinto, esto es que pertenece a dos sindicatos diferentes y en cada uno de ellos ocupa una posición en la mesa directiva. ¿Cuál es el fondo de todo esto? Resulta sin lugar a dudas que la autoridad laboral tiene o tuvo conocimiento de todas las irregularidades ocurridas, pero hizo caso omiso de ellas, como por ejemplo el hecho de que los estatutos sindicales carecen de las normas para la administración, adquisición y disposición de los bienes patrimonio del sindicato o aquellas relativas a la época de presentación de cuentas y sanciones a sus directivos en caso de incumplimiento, estableciendo las instancias y procedimientos internos por controversias en la gestión de los fondos sindicales, en una palabra estamos ante la presencia de una autorización al vapor.
Pero a decir verdad, esto de la validación de sindicatos aún con todas las irregularidades habidas y por haber no resulta extraño, ya en su oportunidad habremos de referirnos a la existencia del Sindicato de Bibliotecarios del Estado de Morelos constituido de una manera totalmente ilegal y en una completa contravención a la ley.