Ahora bien, pero ¿qué bienes integran el patrimonio de la familia? De acuerdo al Código Familiar del Estado de Morelos, el patrimonio familiar se integra de manera general, por la casa habitación y los muebles; así como por un lote de parcela cultivable si la familia se dedica a la agricultura; también se consideran las semillas, maquinaria, instrumentos y animales utilizados para la siembra. Si la familia se dedica al oficio de las artesanías, se consideran parte del patrimonio familiar el equipo de trabajo y los instrumentos necesarios para desarrollar el oficio; si se trata de trabajadores del volante, el vehículo de su propiedad en que preste el servicio público de alquiler, y el derecho a la concesión; si se es socio de una sociedad cooperativa, se considera parte del patrimonio los derechos patrimoniales que posean. Y en el caso de quienes prestan servicios independientes, el equipo de trabajo, los libros, aparatos o instrumentos útiles para su ejercicio o estudio.
Para no poner en riesgo su patrimonio familiar y por lo tanto no sea sujeto de embargo y gravamen, deben cumplirse ciertos requisitos, entre ellos no rebasar un monto de 17 mil salarios mínimos aplicable al Estado de Morelos, estar debidamente registrado en el Registro Público de la Propiedad del Estado de Morelos, presentar la solicitud declaratoria ante un juez de lo familiar.