Los beneficios para el contribuyente consisten en la condonación del 50% de las cuotas obrero patronales. La incorporación voluntaria al Seguro Social podrá solicitarla como comerciante independiente o como patrón con trabajadores a su servicio; aplicando el beneficio del descuento. El contribuyente pagaría de manera bimestral la cantidad de 665 pesos (seiscientos sesenta y cinco pesos 00/100 M.N). Los derechos que otorga el Seguro Social serán para el contribuyente, para sus padres, su esposa e hijos menores de 16 años o mayores hasta los 25 años, siempre y cuando se encuentren estudiando en escuelas del sector público; al solicitar su incorporación voluntaria el contribuyente y sus beneficiarios tendrán derecho a la asistencia médica y el contribuyente cotizará para tener derecho a una pensión por invalidez o vida y por retiro o vejez.
Si el contribuyente tuviera trabajadores a su servicio y los decide dar de alta al seguro social, podrá solicitar la condonación de cuotas obrero patronales para cada uno de sus trabajadores, con la condicionante de que sea la primera vez que cotizan al seguro social o que no hayan cotizado durante los últimos dos años . El monto a pagar dependerá del salario que el contribuyente decida pagarles. Los derechos que le otorga el seguro social a los trabajadores y a sus beneficiarios son servicio médico, una pensión por invalidez y vida, pensión por retiro y pensión por vejez.
La solicitud para la condonación de cuotas obrero patronales tendrá que realizarla el contribuyente en las oficinas de la subdelegación del IMSS más cercana a su domicilio fiscal, previamente deberá estar inscrito ante el Registro Federal de Contribuyentes en el Régimen de Incorporación Fiscal.