“La verdad se corrompe tanto con la mentira como con el silencio” – Cicerón.
Este domingo se conmemora el Día Internacional del Derecho a la Verdad en relación con Violaciones Graves de los Derechos Humanos y de la Dignidad de las Víctimas; un nombre en realidad corto, para todo el significado que conlleva entre palabras.
Los propósitos de conmemorar dicha fecha incluyen el promover la memoria de las víctimas de violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos y la importancia del derecho a la verdad y la justicia, además de rendir un homenaje a quienes han dedicado su vida a la lucha por promover y proteger los derechos humanos de todos, y a quienes la han perdido en ese empeño.
Cabe agregar que la fecha la proclamó la Asamblea General de las Naciones Unidas, de manera reciente, en el año 2010, para reconocer la labor de monseñor Óscar Arnulfo Romero, quien se dedicó activamente a la promoción y protección de los derechos humanos en El Salvador, sobre todo de las poblaciones más vulnerables, además de ser un humanista que privilegió la protección de vidas humanas e hizo constantes llamamientos al diálogo y a la oposición a toda forma de violencia para evitar el enfrentamiento armado, lo que finalmente le costó la vida un 24 de marzo de 1980, en un ataque de fuerzas pro gubernamentales llamadas “escuadrones de la muerte”, mismo en el que fue asesinado por un francotirador.
En el 2006, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) concluyó que el derecho a conocer la verdad acerca de las violaciones manifiestas de los derechos humanos, y las infracciones graves de las normas de derechos humanos, es un derecho “autónomo e inalienable, vinculado a la obligación y el deber del Estado de proteger y garantizar los derechos humanos, realizar investigaciones eficaces y velar por que haya recursos efectivos y se obtenga reparación”.
En dicho estudio también se afirma que el derecho a la verdad implica tener “un conocimiento pleno y completo de los actos que se produjeron, las personas que participaron en ellos y las circunstancias específicas, en particular de las violaciones perpetradas y su motivación”.
No podemos dejar de mencionar el informe “El derecho a la verdad” de la ACNUDH, en el que se apunta que “cuando un periodo caracterizado por abusos generalizados o sistemáticos de los derechos humanos llega a su fin, las personas que han sufrido bajo el régimen anterior se encuentran en condiciones de hacer valer sus derechos y de comenzar a superar su pasado”.
En virtud de lo anterior, “cuando hacen oír sus voces ahora libres”, se formularían cuatro tipos de peticiones al Estado de transición: la verdad, la justicia, reparaciones y reformas institucionales para prevenir la repetición de la violencia.
De manera muy especial, es indispensable la disponibilidad y preservación de archivos y otros documentos relativos a las violaciones de los derechos humanos, fundamentales para asegurar que no se distorsionen los registros históricos y se preserve la memoria; cuestión que se complementa con la protección de los testigos.
El acceso a los expedientes es fundamental para luchar contra la impunidad, depurar a los funcionarios, descubrir la verdad y brindar reparaciones, por lo que se deberían formular políticas acerca de la importancia y las características de una buena legislación de acceso, además de que “los expedientes de una institución de justicia de transición se deben gestionar mientras la institución está en funcionamiento y se deben conservar en un archivo cuando la institución haya finalizado su labor”.
En cuanto a la protección de los testigos, sería necesario elaborar normas comunes y promover prácticas óptimas que sirvan como directrices para los Estados en cuanto a la protección de los testigos y otras personas interesadas en cooperar en los juicios por violaciones manifiestas de los derechos humanos; lo anterior requeriría fortalecer el apoyo financiero, técnico y político para impulsar programas mediante los que organismos de derechos humanos apoyen en la elaboración de mecanismos de protección de testigos en el plano nacional, que tengan “un carácter independiente, digno de confianza y sólido”.
En el contexto del Día Internacional del Derecho a la Verdad, no pasamos tampoco por alto la presentación, hace un año, del informe “Derecho a la verdad en México. Alcances y limitaciones en casos de violaciones graves de derechos humanos", en el que se hace mención de la lucha contra el narcotráfico en un periodo que abarca de diciembre de 2006 a marzo de 2017, elegido por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), comisión que también seleccionó como uno de los casos representativos el de Jethro Ramsés Sánchez Santana -detenido por policías municipales en Morelos, torturado y ejecutado días después de su detención- para abordar el tema de la impunidad.
La CMPDH destaca que "la garantía del derecho a la verdad representa un derecho irreemplazable para lograr la reparación integral de los daños ante una violación de los derechos humanos, así como para el reconocimiento histórico de un fenómeno social. Al estar ligada con el derecho a la justicia en su variante judicial, no puede dejarse de lado el reto que constituye -además de la reconstrucción de la memoria histórica individual y comunitaria- determinar la responsabilidad de los autores intelectuales y materiales de graves violaciones de los derechos humanos".
En aquel informe y año, 2018, la CMPDH también apuntó que las propuestas en las que se busca "extender la competencia de las fuerzas armadas a tareas propiamente ministeriales, confundiendo conceptos como seguridad nacional e interior -así como respecto de aquellos eventos que pueden considerarse amenazas o riesgos a la seguridad-, lo único que generan es mayor incertidumbre sobre el alcance de la acciones del brazo armado del Estado y propician un ambiente idóneo para la comisión de múltiples abusos y de violaciones de los derechos humanos por la autoridad. Por lo tanto, el cambio de la política de militarización es fundamental".
El historiador Tácito, en el capítulo 44 de "Los Anales", en su Libro 15, consideraba que los depositarios del poder son los protagonistas de la historia y daba gran importancia al retrato y a crear imágenes poderosas, por encima de los argumentos racionales: recordemos lo que se anota en el mencionado texto clásico sobre el incendio de Roma: “Nerón se inventó unos culpables (…) toda una ingente muchedumbre (multitudo ingens) quedaron convictos, no tanto del crimen de incendio, cuanto de odio al género humano. Su ejecución fue acompañada de escarnios, y así unos, cubiertos de pieles de animales, eran desgarrados por los dientes de los perros; otros, clavados en cruces eran quemados al caer el día a guisa de luminarias nocturnas”.
Empero, el historiador romano también señalaba que “la verdad se robustece con la investigación y la dilación; la falsedad, con el apresuramiento y la incertidumbre”. Coincidimos.