Estrategias

Ya no hay pretextos para incumplir con la Ley de Transparencia

Factores externos y circunstancias atípicas hicieron que en los últimos dos años en Morelos el “derecho a saber” haya atravesado por sus peores momentos, con instituciones gubernamentales que disfrutaron de la opacidad  propiciada por la transición normativa y con un órgano garante (el Instituto Morelense de Información Pública y Estadística), entrampado y cuestionado, en manos de la persona que menos experiencia tiene en este rubro, la psicóloga Dora Ivonne Rosales Sotelo.

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Ayer, el IMIPE llevó a cabo un taller para periodistas a fin de presentarnos la Plataforma Nacional de Transparencia, renovada y mejorada, en un esfuerzo que se reconoce pero que no es valorado por el propio gremio. Cinco comunicadores acudimos al llamado.

La plataforma en mención (http://www.plataformadetransparencia.org.mx), en su versión original era una página compleja y confusa tanto para los sujetos obligados como para los usuarios.

Así, en lugar de que la información pública se encontrara al alcance de cualquier ciudadano, el derecho a saber parecía estar reservado para expertos en informática y conocedores del derecho, pues por un lado se requiere tener habilidades en el manejo de la computación para poder hacer las solicitudes correctamente, y en caso de lograrlo, saber de leyes para combatir las evasivas respuestas de los llamados “sujetos obligados”.

A raíz de la entrada en vigor de la Ley General de Trasparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) el 4 de mayo del 2015 se planteó la posibilidad de aglutinar en una misma plataforma digital la información de los tres niveles de gobierno de los 32 estados de la República y lo que era el Distrito Federal.

La Plataforma Nacional de Transparencia costó casi 20 millones de pesos, pero en opinión de usuarios, la herramienta digital resultaba confusa, tediosa y desalentadora.

Son demasiadas opciones las que tiene de tal manera que al usuario se le complica, además de que requiere tener muy claro que es lo que busca y qué área lo tiene. No le permite “navegar” entre las diferentes tablas de información, sino que requiere poner desde el principio el dato que desea saber.

Para hacer una solicitud de información se requería poner el nombre de la entidad federativa o la palabra “Federación” si la pregunta es para el gobierno federal; seleccionar “Tipo de Sujeto Obligado”para saber a cuál de los tres poderes del estado va la solicitud o si es un municipio, fideicomisos u organismos autónomos.

Luego se tenía que llenar el apartado que dice “Sujetos Obligados”, donde ya se requiere el nombre específico de la dependencia, lo que hasta cierto punto es entendible y lógico.

Sin embargo, enseguida venía un apartado que dice “Ley”, y más abajo otro espacio vacío que dice “artículo”. En este último, existen dos opciones que pueden confundir al usuario primerizo.

Pero lo más difícil viene cuando se llegaba al apartado llamado “Formato”, ya que al desplegarlo aparece una lista de alrededor de 50 opciones, algunas que se repiten, otras que se parecen entre ellas y otras que no dicen claramente de que se trata.

Cuando ya se ha elegido la opción, se le debe dar click a donde dice “Realizar Consulta”, lo que puede tener dos opciones: que aparezcan 140 registros o una leyenda que diga “no se encontraron registros”. Si ocurre lo primero los datos se pueden filtrar, o también se puede descargar en Excel o en “CSV”, un programa que casi nadie tiene.

En conclusión, es posible que esta plataforma fuera una herramienta muy útil, pero no para el ciudadano común y corriente sino para expertos en el manejo de datos.

Por si esto fuera poco, el Pleno del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, aprobó Las directrices para llevar a cabo la verificación diagnóstica establecida en el artículo tercero transitorio de los lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Titulo Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la LGTAIP  que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia.

Sin embargo, las deficiencias técnicas los obligaron a conceder un plazo para iniciar las revisiones a las instituciones de los tres niveles de gobierno de todo el país.

En términos prácticos, esto significa que las dependencias de gobierno podían incumplir todo lo que quisieran y no habría ni medidas de apremio, ni sanciones.

Esta falta de coercitividad tuvo como consecuencia que la opacidad prevaleciera en las dependencias gubernamentales de Morelos. En la página oficial del Ejecutivo sólo había información pública de oficio hasta febrero del 2017, y en el Congreso Local el último reporte es de enero del año pasado. De manera verbal, los responsables se justificaban diciendo que han dejado de alimentar esas páginas porque ahora están enviando todo a la Plataforma Nacional de Transparencia, pero cuando se busca la información, simplemente no está. De todos modos, el IMIPE no podía hacer nada.

Hoy ya no hay pretextos para no cumplir con la Ley de Transparencia. Según pudimos comprobar ayer, la nueva plataforma es más “amigable” y cuenta con algunos aspectos novedosos como es el que se puedan hacer gráficas con los datos obtenidos.

Falta hacer la comprobación en la práctica. La verdad es que solicitar información resultaba tan engorroso, que al menos quien esto escribe terminó por cerrar su cuenta.

Volveremos a abrirla porque una ley que no se ejerce, y una plataforma de transparencia que no se usa, simplemente no sirve.

Lo que no se entiende es por qué el IMIPE no pone en marcha programas de difusión si saben perfectamente que el éxito o fracaso de esta herramienta está precisamente en que toda la población sepa que existe.

Prefieren invertirle a viajes y más viajes al interior de la República que a difundir para qué sirve la Plataforma Nacional de Transparencia.

HASTA MAÑANA.

 

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