En los límites de Jalisco y Michoacán, 25 personas han muerto y otras 30 están graves por haber consumido una bebida denominada “El Chorrito” (muy parecida al Tonayán que se expende en Morelos) en el que utilizaron el alcohol industrial denominado metanol en lugar del etanol que comúnmente se usa para elaborar todo tipo de vinos y licores.
Las edades de los fallecidos van de los 31 a los 83 años; en tanto que los hospitalizados, son desde 22 hasta 83 años. Pertenecen a las poblaciones de El Terrero, Soyatlán de Abajo, La Garita, El Aguacate, La Estancia, Arroyo Hondo, Contla, así como de la cabecera municipal de Mazamitla y Tamazula. La mayoría de ellos pertenece al “escuadrón de la muerte”, como se les dice a los “teporochos” que toman alcohol casi puro.
En diciembre de 1994 el municipio de Temixco fue escenario de lo que algunos todavía recuerdan como “El Metanolazo”, que tuvo consecuencias legales, sociales y políticas. Después del 12 de diciembre la Procuraduría de Justicia detectó algo singular: todos los levantamientos de cadáveres tenían como factor común la ingesta del mezcal “Chichihualco”. Los que no se habían muerto, habían quedado ciegos.
Un documento de la Contraloría del Estado (citado por Oscar Sergio Hernández Benítez en su libro “La construcción de la democracia en Morelos”, asegura que fueron 119 afectados, de los cuales 49 fallecieron y otros quedaron con ceguera definitiva.
La investigación a cargo del contralor Javier Rueda Velázquez concluyó que el alcalde había sido omiso en el cumplimiento de sus responsabilidades en materia de licencias y supervisión sanitaria a establecimientos comerciales.
Según la Contraloría, los responsables del “Metanolazo” fueron, además del presidente municipal, el subsecretario de Salud, Javier Martínez León; Fernando Velásquez Rivera, director de regularización y fomento sanitario y José Maldonado Obregón, jefe de la Jurisdicción Sanitaria número Uno.
La Procuraduría de Justicia declinó competencia al Ministerio Público federal y fue la PGR la que continuó las investigaciones. Se descubrió que las bebidas mortales provenían de una destiladora clandestina que operaba en la calle Virginia Fábregas, en la colonia Presidentes.
Los primos Sergio y Alejandro eran quienes estaban directamente encargados de la destiladora. Ellos le compraron los dos tambos de metanol a una persona de Lomas del Carril a la que sólo conocían como “Don Chano”, quien a su vez la consiguió de una petroquímica del estado de México donde sus dos hijos, ambos militares, estaban encargados de la vigilancia.
Los muchachos le echaron alcohol industrial en lugar de etanol a las bebidas que preparaban clandestinamente y que distribuían en las tienditas de las colonias de esa zona. Cuando supieron que la gente se estaba quedando ciega trataron de recuperar el producto pero ya no pudieron.
En el Juzgado Cuarto de Distrito con sede en Cuernavaca, bajo la causa penal 162/94, quedó registrada la orden de aprehensión en contra de Guillermo y Luis Federico, ambos de apellidos Díaz Rubio, por ser los propietarios de la destilería ubicada en la calle Virginia Fábregas de la colonia Presidentes del municipio de Temixco, así como un hijo de cada uno de ellos. Guillermo obtuvo su libertad bajo fianza el 13 de julio de 1995, pero ya no regresó a firmar como estaba obligado, y el 17 de mayo de 1999 el juez lo sentenció a ocho años de prisión por los delitos de homicidio y lesiones culposas, así como adulteración de bebidas alcohólicas.
Aunque en el documento arriba mencionado se decía que fueron 49 los muertos, en el expediente sólo aparecen ocho como las víctimas del fatal descuido de los dos muchachos que así pretendieron ahorrarse unos pesos en la materia prima.
En el aspecto político, el Congreso del estado determinó que el único responsable de las muertes por metanol fue el alcalde César Aquiles Cruz Ortíz.
Por primera vez en la historia de Morelos se puso en práctica una figura que ya existía pero que nunca antes se había aplicado. El juicio político fue desahogado en el Congreso por la Comisión de Gobernación y Gran Jurado. El 24 de enero, la Gran Comisión dio entrada e inició el juicio político en contra del presidente municipal priísta. El 11 de abril los diputados aprobaron por mayoría de votos el dictamen en contra de Cruz Ortíz y el 21 de junio el Tribunal Superior de Justicia (encabezado por el magistrado Jesús Bello Espíritu) declaró la sentencia ya mencionada.
En el decreto número 217 de fecha 11 de abril de 1995 publicado en el Periódico Oficial se indica que César Aquiles Cruz Ortiz fue inhabilitado del cargo de presidente municipal por violación a varios cargos tal y como lo establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Morelos.
Precisa que una vez que el Congreso local lo encontró culpable de los cargos mencionados, el caso fue turnado al Tribunal Superior de Justicia de la entidad, en donde los magistrados nombraron una comisión integrada por los magistrados Ricardo Rosas Pérez, José Pérez Gil y Salazar, así como el propio presidente Bello Espíritu. Decidieron inhabilitar al ex alcalde por ocho años, sin embargo, posteriormente mediante un amparo logró reducir la sentencia a seis años sin poder ejercer en la entidad morelense.
Cobijado por su partido, el Revolucionario Institucional, César Cruz Ortíz no se quedó sin chamba. Le dieron un cargo en Caminos y Puentes Federales y en 1998 entró a trabajar a la Procuraduría de Justicia con su amigo José Castillo Pombo. Por estar inhabilitado, César no aparecía en nómina, pero tenía una oficina y disponía de vehículos y personal como cualquier funcionario.
En 2009 fue el primer oficial mayor en el gobierno municipal de Manuel Martínez Garrigós, ya que para ese momento la inhabilitación había sido superada.
Hasta la fecha nadie sabe qué fue lo que le hizo César Cruz al entonces gobernador del estado, pues muchos de los protagonistas de ese episodio de la política morelense consideran que si hubiese querido, Carrillo Olea pudo haber ayudado a su compañero de partido.
Pero fue al contrario. La línea lanzada desde Palacio de Gobierno, tanto a diputados locales como magistrados, fue que el proceso de juicio político se fuera hasta sus últimas consecuencias, sin imaginarse que tres años más tarde, sería el general Carrillo Olea quien estaría como acusado en su respectivo juicio político. Como ya es sabido, el general pidió licencia para separarse del cargo el 15 de mayo de 1998.
Fue hasta el 27 de abril del año 2000 cuando concluyó el Juicio Político contra Jorge Carrillo Olea. Ese día, el pleno del Tribunal Superior de Justicia aprobó por unanimidad la sentencia: destitución del cargo; inhabilitación por 12 años y dar vista al Ministerio Público para que determinara si se configuraba algún delito.