Tradicionalmente la Comisión Estatal del Agua (CEAGUA) ha sido una especie de “caja chica” de los gobiernos en turno, ya que las obras tendientes a proporcionar el vital líquido, o bien el tratamiento de aguas residuales, son la justificación perfecta para realizar obras que proporcionan millones de pesos en “moches”.
Lo anterior es del dominio público, pero casi nunca se puede comprobar. Y lo que es peor, que a veces, para tapar o distraer la atención mientras se realizan los grandes robos, los propios funcionarios inventan denuncias contra los servidores públicos de los niveles más inferiores, haciendo realidad aquella máxima de que “el hilo siempre se rompe por lo más delgado”.
Hoy queremos presentarle el caso del ingeniero José Luis Gallardo Villagómez, supervisor de obra adscrito a la CEAGUA, quien acaba de obtener una sentencia absolutoria en un procedimiento administrativo que le mandó fincar el entonces titular de la dependencia, Juan Carlos Valencia Vargas, pero aplicando el criterio de “primero te corro y después veo si eres culpable”.
Todo comenzó el 28 de agosto del 2017, cuando la Secretaría de la Contraloría dio cuenta con el oficio número CEAGUA/CO/DENUNCIA/006/2017 signado por el contador público Jesús Urióstegui Beltrán, Comisario Público de la Comisión Estatal del Agua, mediante el cual presentó formal denuncia en contra de los ciudadanos Arturo Barrientos Orozco, en su carácter de supervisor de Obra; Juan Carlos Chevez Labastida, en su carácter de ex subdirector de operación y mantenimiento; Daniel Rodríguez Flores Samayoa, en su carácter de supervisor de obra al igual que José Luis Gallardo Villagómez.
A todos ellos se les imputaron hechos sancionados por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos en la obra denominada “Proyecto, Construcción y Puesta en Marcha de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de Tequesquitengo”, a ejecutarse en la localidad del mismo nombre, municipio de Jojutla.
En el caso particular de José Luis Gallardo Villagomez, se le acusaba de que “al revisar la bitácora electrónica de obra pública (BEOP) correspondiente a la citada obra, “se advirtió que el ingeniero José Luis Gallardo Villagómez, en su carácter de residente de la obra –cargo que desempeñó a partir del 9 de febrero del 2015, no registró en la mencionada bitácora la autorización de la estimación dos y tres, misma que se encuentra expresa en el reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios.
Agrega la denuncia que “el incumplimiento del registro de las estimaciones tuvo como consecuencia una deficiencia en el control y registro en la autorización de pagos de la obra, así como en la transparencia de los mismos”.
Sin embargo, al contestar la denuncia en su contra, el ingeniero Gallardo Villagómez admitió que efectivamente no registró en la bitácora electrónica la autorización correspondiente de las estimaciones número dos y tres relativas a la obra con número de contrato MOR-CEAPDS-2014-OP- PROTAR/FAFEF-152, en las fechas 09 de abril y 29 de mayo del 2015, pero aseguró que dicha circunstancia “no me es imputable a mi persona”.
Explicó que a partir de la fecha en que fue asignado en el cargo de residente de obra, “me aboqué a realizar el trabajo encomendado, siendo el caso que en la fecha de la asignación de la residencia de la obra y al revisar la bitácora electrónica pude percatarme que la misma con fecha nueve de febrero del 2015 -fecha de mi asignación- había sido cerrada por parte del ingeniero de nombre Daniel Rodríguez Flores Samayoa, quien fungió como residente de supervisión de obra que me antecedió, ignorando el suscrito el motivo por el cual haya determinado el cierre de la misma, pues al revisar el expediente relativo al proyecto pude percatarme que existían trabajos pendientes por practicar, lo cual me impidió actuar o realizar los registros correspondientes a dichos trabajos, pues el acceso era imposible, ya que el programa creado para dicho efecto me lo impide”, afirmó en su contestación.
“Se hace la aclaración técnica, en relación al periodo de ejecución del 01 de diciembre del año 2014 al 08 de abril del 2015, correspondiente a la estimación número dos (…) se da trámite a ésta, por lo que la empresa denominada DAEN S.A. de C.V. por conducto de su apoderado legal, como responsable de la ejecución del proyecto, hace entrega de la estimación mencionada con fecha nueve de abril del 2015 al ing. Daniel Alberto Arámbula, director general de saneamiento y operación para su revisión y autorización respectiva, quien al dar respuesta por escrito a lo solicitado en el oficio número DGSyO/175/2015 de fecha nueve de abril del 2015, le informa que es aprobada y autorizada la estimación correspondiente, tal y como se advierte de los oficios que en copia simple exhibo”.
Con base en lo anterior, el director general de Responsabilidades y Sanciones Administrativas de la Secretaría de la Contraloría del Poder Ejecutivo Estatal, emitió una resolución que a la letra dice:
“En tal tesitura, de las consideraciones vertidas a lo largo del presente considerando y el que antecede, permiten a esta autoridad concluir que NO es procedente el fincamiento de responsabilidad administrativa en contra del ciudadano José Luis Gallardo Villagómez. Asimismo, permiten concluir a esta autoridad que es procedente el fincamiento de responsabilidad administrativa en contra de los ciudadanos Daniel Rodrigo Flores Samayoa, Arturo Barrientos Orozco y Juan Carlos Chevez Labastida”.
No omitimos mencionar que la sanción impuesta a los tres funcionarios antes mencionados es de risa: suspensión de su cargo por dos meses.
Sin embargo, el problema es que al ingeniero Gallardo Villagómez lo despidieron desde el momento mismo que se inició el procedimiento administrativo, violando flagrantemente su derecho a la presunción de inocencia.
Hoy, con toda razón, el ingeniero Gallardo Villagómez está exigiendo su reinstalación en el cargo que ya no encabeza Juan Carlos Valencia, sino Moisés Agosto Ulloa.
¿Qué sucedió realmente en ese caso en el que pretendieron involucrar al ingeniero Gallardo Villagómez? ¿Cuántos actos de corrupción se habrán hecho al amparo de este tipo de distractores?
Eso quizás nunca lo sepamos.
HASTA MAÑANA.