Durante muchos años a los periodistas nos mantuvieron “a raya” con denuncias ante la Procuraduría por difamación y calumnias, hasta que quitaron ese delito del Código Penal, pero conservaron la posibilidad de la demanda civil por daño moral, en la que los servidores públicos que se sientan agraviados por una publicación pueden exigir el pago de una indemnización.
Tal es el caso –a nivel nacional- de Humberto Padgett y Sergio Aguayo, éste último ampliamente difundido en los medios después de que la polémica Denisse Dresser fue a “La Mañanera” a pedir la intercesión del presidente de la República a favor del periodista, y de paso aprovechó para exigirle al mandatario que no permita el regreso de los tipos penales conocidos como difamación y calumnia.
En ambos casos los comunicadores fueron objeto de millonarias demandas tras publicar críticas a gente muy poderosa como Eruviel Ávila y Humberto Moreira, pero afortunadamente no han logrado consumar su venganza.
En octubre de 2018, el juez tercero de lo civil de primera instancia de Ecatepec, José Epitacio García, encontró culpables a Padgett y a una de sus fuentes informativas, pero sin precisar la cantidad económica a pagar, aunque el exmandatario solicitaba 10 millones de pesos como reparación.
Posteriormente en enero de 2019, la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, con sede en Ecatepec, ratificó la sentencia condenatoria.
La demanda derivó de la publicación que Padgett hizo en el libro “Los Suspirantes 2018”, editado en 2017 y donde escribió el capítulo denominado “Eruviel Ávila Villegas, Río de Luz”. Ahí refiere supuestos actos de pederastia en los cuales habrían estado involucrados el exgobernador y Onésimo Cepeda, exobispo de Ecatepec.
Fue mediante una demanda de amparo directo que recayó en el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito de lo Civil en el Segundo Circuito, donde se declaró infundada la sentencia.
Por otra parte, el 20 de enero de 2016 se publicó en el diario Reforma el texto en el que Aguayo denunciaba la pasividad de las autoridades mexicanas ante el combate a la impunidad y la corrupción en el caso del exgobernador de Coahuila. Tres días antes, Moreira había sido detenido en Madrid por delitos de organización criminal, blanqueo de capitales, malversación de caudales públicos y cohecho —un mes después, fue puesto en libertad—.
En junio de 2016, Moreira demandó al académico, argumentando que había dañado su honor, por lo que desde entonces le exigía el pago de 10 millones de pesos para restañar sus “sentimientos, afectos, creencias, decoro y reputación”.
En marzo del año pasado un juez falló a favor de Aguayo y concluyó que el profesor Moreira “no acreditó su acción” del presunto daño moral, ante lo cual Moreira presentó un recurso de apelación, que resolvió a su favor la sexta sala civil.
Tras el pronunciamiento de Andrés Manuel López Obrador en el sentido de que no se va a criminalizar a periodistas por ejercer su libertad de expresión, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anunció que atraerá el amparo promovido por Aguayo.
“El ministro Gutiérrez Ortiz Mena, asumió la atracción del amparo directo 906/2019, promovido por Sergio Aguayo, contra la sentencia de la Sexta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la CDMX, al considerar que la sentencia que lo condena a la reparación de daño moral al exgobernador Humberto Moreira es violatoria de la libertad de expresión”, publicó la SCJN en su cuenta de Twitter.
Pero en Morelos también hay casos similares.
A finales de junio del año antepasado, fui notificado de que hay una demanda en mi contra por daño moral interpuesta por un ex policía del Mando Único, quien exige el pago de tres millones de pesos por concepto de reparación del daño moral y psicológico que dice haberle causado una nota que escribí y que se publicó en la página de internet del periódico El Financiero el 28 de abril del 2016.
La nota refiere que “elementos de la Unidad Especializada contra el Secuestro (UECS) detuvieron a dos miembros en activo de la Policía del Mando Único por su presunta relación con el crimen organizado, y que habrían confesado su participación en el homicidio de la alcaldesa de Temixco, Gisela Mota Ocampo”.
Quizás algunos compañeros recuerden que esa noticia fue publicada por todos los medios de comunicación, ya que fue dada a conocer por el entonces secretario de gobierno, Matíaz Quiroz Medina, e incluso hubo una conferencia de prensa que dieron el entonces comisionado de Seguridad Pública, Alberto Capella Ibarra y la titular de la Unidad Especializada en el Combate al Secuestro y la Extorsión (UECS) Adriana Pineda Fernández.
Por razones que desconocemos, la Fiscalía General de Justicia retiró los cargos a uno de los policías, por lo que obtuvo su libertad semanas después de su detención.
Con esa resolución, el elemento policiaco presentó la demanda en mi contra, no así en contra del periódico que la publicó.
El 4 de julio del 2018 presenté mi contestación de demanda dentro del expediente 221/2018 que quedó radicado en el Juzgado Décimo Civil de Cuernavaca, incluso solicité que se citara como testigos a reporteros que también manejaron esa información.
Hubo necesidad de gastar en abogados y peritajes psicológicos para demostrar que, si bien la nota en mención le afectó en su ámbito laboral, nunca hubo dolo por parte del reportero, quien sólo cumplía con su trabajo.
Quizás la culpa no sea del ex elemento policiaco, sino de su abogado, un ex policía judicial que incluso estuvo detenido como sospechoso de haber matado a su pareja, y que lo ilusionó con la idea de obtener tres millones de pesos, como si los reporteros tuviéramos sueldos que nos permitan reunir esa cantidad.
Legalmente la Juez debió haber declarado improcedente la demanda, pero “se sacó de la manga” una resolución absurda en la que ordena la reposición del procedimiento, y que además de quien escribió la nota, también se llame a juicio al medio de comunicación que lo publicó.
Pero hasta ahora el abogado no ha podido emplazar al periódico El Financiero para empezar todo de nuevo.
HASTA EL LUNES.