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Actualidad Fiscal
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Avala la Suprema Corte de Justicia de la Nación la utilización del buzón tributario

El pasado 6 de julio del presente año, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló que a las personas físicas y morales, inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes, se les asigne un buzón tributario. Por votación unánime, los ministros validaron la disposición legal, con lo cual los contribuyentes participarán de comunicación electrónica en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Por lo que es importante retomar el tema.

Silvia Cartujano Escobar Silvia Cartujano Escobar
Martes, 12 Julio

Dentro de las modificaciones en materia fiscal que se aprobaron en la última gran reforma, se encuentra la inserción del artículo 17 K del Código Fiscal de la Federación, en el cual se contempla una nueva forma de comunicación entre la autoridad hacendaria y el contribuyente: El buzón tributario.

El buzón tributario es un sistema de comunicación electrónico ubicado en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria y con el que el SAT podrá efectuar notificaciones a los contribuyentes de manera electrónica de una forma más rápida, confiable, y segura. Además se pueden realizar trámites, presentar promociones, depositar información o documentación, atender requerimientos y obtener respuestas a sus dudas. La primera vez que se ingrese al Buzón Tributario se debe aceptar el aviso de actualización del correo electrónico que muestra la aplicación; ahí podrá actualizar su correo electrónico y proporcionar un número de teléfono móvil (celular), con el fin de tener un medio de contacto para informar al usuario cuando tenga un acto administrativo pendiente de notificar o un aviso enviado por el SAT.
En función de lo anterior, se le sugiere tener una dirección de correo electrónico a prueba de fallas y no una de la empresa que pueda ser propensa a fallar por periodos prolongados. También es importante revisar la bandeja de correo no deseado o spam antes de vaciarla. Lo puede utilizar cualquier persona, física o moral, que tenga la necesidad de realizar trámites ante el SAT y desee hacerlo con facilidad desde la comodidad de su casa u oficina. Solamente en algunos trámites es necesario contar con e-firma. Es importante además recalcar que la información, así como los datos que se depositen en el buzón son confidenciales.

 

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