• Home
  • News
    • Nacional
    • Internacional
    • Últimas Noticias
    • Política
    • Sociedad
    • Justicia
    • Cuautla
    • Zona Sur
    • Deportes
  • Blogs
    • Tecnología
    • Espectáculos
    • Vida y Estilo
    • Turismo
    • Estuario
    • Bajo el Volcán
    • La Unión Premier
    • Ciencia
    • Viral
  • Opinión
    • Radiografia del Poder
    • Panóptico Rojo
    • Andanzas en Femenino
    • El Difícil Arte de Sobrevivir...
    • Editorial
    • Cultura de la paz para el buen vivir
    • Sin Embargo Se Mueve
    • Ecologia en Tus Manos
    • Punto y Aparte
    • El Poder y La Gloria
    • La Patria y La Familia
    • Estrategias
    • Pendientes de la Democracia
    • Actualidad Fiscal
    • Miradas al Mundo del Trabajo
    • Opinión de la Barra de Abogados
    • Miradas
    • En los Pasillos del Poder
    • La Mirada Rasgada
  • Servicios
    • Edición Virtual
    • Búsqueda Rapida
    • Login
    • Reading List
    • ¿Como Votar?
    • Contacto
    • Circulación
  • Nosotros
    • Directorio
    • Tarifas UnióndeMorelos
    • Perfil
    • Socialite
La Unión La Unión

WHAT ARE YOU LOOKING FOR?

Popular Tags

La Unión La Unión
  • Home
  • News
    • Nacional
    • Internacional
    • Últimas Noticias
    • Política
    • Sociedad
    • Justicia
    • Cuautla
    • Zona Sur
    • Deportes
  • Blogs
    • Tecnología
    • Espectáculos
    • Vida y Estilo
    • Turismo
    • Estuario
    • Bajo el Volcán
    • La Unión Premier
    • Ciencia
    • Viral
  • Opinión
    • Radiografia del Poder
    • Panóptico Rojo
    • Andanzas en Femenino
    • El Difícil Arte de Sobrevivir...
    • Editorial
    • Cultura de la paz para el buen vivir
    • Sin Embargo Se Mueve
    • Ecologia en Tus Manos
    • Punto y Aparte
    • El Poder y La Gloria
    • La Patria y La Familia
    • Estrategias
    • Pendientes de la Democracia
    • Actualidad Fiscal
    • Miradas al Mundo del Trabajo
    • Opinión de la Barra de Abogados
    • Miradas
    • En los Pasillos del Poder
    • La Mirada Rasgada
  • Servicios
    • Edición Virtual
    • Búsqueda Rapida
    • Login
    • Reading List
    • ¿Como Votar?
    • Contacto
    • Circulación
  • Nosotros
    • Directorio
    • Tarifas UnióndeMorelos
    • Perfil
    • Socialite
Actualidad Fiscal
Lectura 2 - 4 minutos

Obligaciones fiscales al fallecimiento de una persona física

En muchas ocasiones es desconocido el tratamiento y los trámites de carácter fiscal que se tienen que efectuar en los casos de fallecimiento de un contribuyente, lo cual puede ocasionar múltiples problemas y contingencias. A continuación se presentan algunas consideraciones sobre este tema, las cuales pueden ser de utilidad para que cuando se llegue a ese lamentable caso se puedan tomar en cuenta y actuar con la debida oportunidad.

Silvia Cartujano Escobar Silvia Cartujano Escobar
Martes, 17 Enero
  • Imprimir
  • Email
  • 1 comentario

*Aviso de apertura de la sucesión: Este aviso se presenta en el caso de que fallezca una persona obligada a presentar declaraciones periódicas. El representante de la sucesión debe presentarlo dentro del mes siguiente al día en que acepte el cargo de albacea.

*Cumplimiento de obligaciones fiscales: A partir de que se presente el aviso de apertura de sucesión, el representante o albacea es quien debe cumplir con las obligaciones fiscales de la sucesión hasta que ésta se liquide o finalice y se presente el aviso de cancelación del RFC. El representante es un administrador de los bienes del contribuyente fallecido, el cual continúa teniendo obligaciones fiscales hasta que no se repartan dichos bienes, por lo cual el RFC que se debe utilizar en las declaraciones es la del propio autor de la sucesión y la firma es la del representante o albacea. Conforme a las disposiciones fiscales, el representante presentará la declaración del ejercicio dentro de los 90 días siguientes a la fecha en que se discierna el cargo de albacea por los ingresos a que se refiere el título IV de la ley (todos los ingresos de las personas físicas), que hubiera percibido el autor de la sucesión desde el primero de enero del año de su fallecimiento y hasta el momento de su muerte.

* Expedición de comprobantes: El albacea podrá seguir expidiendo los comprobantes fiscales que emitía el autor de la sucesión. Una vez liquidada la sucesión, los comprobantes fiscales deberán expedirse a nombre de los herederos o legatarios a quienes se adjudiquen los bienes.

*Impuesto anual y pagos provisionales de ISR: El representante legal de la sucesión será quien efectúe los pagos provisionales y presente la declaración anual correspondiente por cuenta de los herederos o legatarios, considerando los ingresos y deducciones en forma conjunta, hasta que se haya dado por finalizada la liquidación de la sucesión. El pago efectuado en esta forma se considerará como definitivo, salvo que los herederos o legatarios opten por acumular los ingresos respectivos que les corresponden, en cuyo caso podrán acreditar la parte proporcional del impuesto pagado.

Los herederos y legatarios podrán optar por acumular a sus demás ingresos del ejercicio los que les correspondan de la sucesión, asimismo podrán acreditar el impuesto pagado por el representante de la misma, en igual proporción que les corresponda de los ingresos de la sucesión. Aun cuando la liquidación de la sucesión se hubiese dado, el representante, los herederos o legatarios que no hubieren ejercido la opción señalada, podrán presentar declaración complementaria por los cinco ejercicios anteriores a aquél en que se efectúo la liquidación, en su caso, acumulando a sus demás ingresos la parte proporcional de los ingresos que les hubiese correspondido de la sucesión por dichos ejercicios y pudiendo acreditar la parte proporcional del impuesto pagado en cada ejercicio por el representante de la sucesión.

En concordancia con el ISR, en materia del IETU se señala que en los casos en que los ingresos se deriven de actos o actividades que realice una sucesión, el representante pagará el impuesto presentando declaraciones provisionales y del ejercicio por cuenta de los herederos o legatarios.

Una vez asignados o adjudicados a los herederos los bienes de la persona fallecida, esto es, cuando se haya dado por finalizada la liquidación de la sucesión, se deberá presentar el aviso de cancelación del RFC (por liquidación de la sucesión). Este aviso se presenta dentro del mes siguiente al día en que haya finalizado la misma y deberá ser presentado por el representante de la sucesión.

Los comentarios anteriores son generales ya que dependiendo de los ingresos que percibía el autor de la sucesión, pueden existir variaciones en las obligaciones fiscales que se deben cumplir por parte del representante de la sucesión.

Tweet

1 comentario

  • ximena
    ximena esto es el mismo procedimiento a residentes del df?

    Hey

    esto es el mismo procedimiento a residentes del df?   Compartelo!

    Domingo, 03 Junio 2012 21:32
Inicia sesión y comenta
Silvia Cartujano Escobar

Silvia Cartujano Escobar

210 Posts 2,316,864 Views
Enviar mensaje Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

+De Silvia Cartujano Escobar

Preparémonos para el cierre fiscal 2016 Efectos fiscales del aguinaldo Iniciarán revisiones fiscales a las iglesias Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal y se amplía la base Testamento y sus beneficios fiscales
Ant. Deducción de pagos por servicios educativos
Sig. Compulsa y auditoría
  • La Unión de Morelos

LA UNION.NEWS

@UnionDeMorelos • Siguenos:

Hay 489 invitados y ningún miembro en línea

Directorio /Tarifas •Circulación •Perfil /Contacto

19
Revistas | Hemeroteca | Buscador

AVISOS
CLASIFICADOS
NACIONAL
INTERNACIONAL
ÚLTIMAS NOTICIAS
POLITICA
SOCIEDAD
JUSTICIA
CUAUTLA
ZONA SUR
DEPORTES
TECNOLOGIA
ESPECTACULOS
VIDA Y ESTILO
TURISMO
ESTUARIO
BAJO EL VOLCAN
CIENCIA
VIRAL
REVISTA
X
© 2025 LaUnión.News. All Rights Reserved. Design & Developed by SecretBox digital flow Back To Top

Publish the Menu module to "offcanvas" position. Here you can publish other modules as well.
Learn More.