• Home
  • News
    • Nacional
    • Internacional
    • Últimas Noticias
    • Política
    • Sociedad
    • Justicia
    • Cuautla
    • Zona Sur
    • Deportes
  • Blogs
    • Tecnología
    • Espectáculos
    • Vida y Estilo
    • Turismo
    • Estuario
    • Bajo el Volcán
    • La Unión Premier
    • Ciencia
    • Viral
  • Opinión
    • Radiografia del Poder
    • Panóptico Rojo
    • Andanzas en Femenino
    • El Difícil Arte de Sobrevivir...
    • Editorial
    • Cultura de la paz para el buen vivir
    • Sin Embargo Se Mueve
    • Ecologia en Tus Manos
    • Punto y Aparte
    • El Poder y La Gloria
    • La Patria y La Familia
    • Estrategias
    • Pendientes de la Democracia
    • Actualidad Fiscal
    • Miradas al Mundo del Trabajo
    • Opinión de la Barra de Abogados
    • Miradas
    • En los Pasillos del Poder
    • La Mirada Rasgada
  • Servicios
    • Edición Virtual
    • Búsqueda Rapida
    • Login
    • Reading List
    • ¿Como Votar?
    • Contacto
    • Circulación
  • Nosotros
    • Directorio
    • Tarifas UnióndeMorelos
    • Perfil
    • Socialite
La Unión La Unión

WHAT ARE YOU LOOKING FOR?

Popular Tags

La Unión La Unión
  • Home
  • News
    • Nacional
    • Internacional
    • Últimas Noticias
    • Política
    • Sociedad
    • Justicia
    • Cuautla
    • Zona Sur
    • Deportes
  • Blogs
    • Tecnología
    • Espectáculos
    • Vida y Estilo
    • Turismo
    • Estuario
    • Bajo el Volcán
    • La Unión Premier
    • Ciencia
    • Viral
  • Opinión
    • Radiografia del Poder
    • Panóptico Rojo
    • Andanzas en Femenino
    • El Difícil Arte de Sobrevivir...
    • Editorial
    • Cultura de la paz para el buen vivir
    • Sin Embargo Se Mueve
    • Ecologia en Tus Manos
    • Punto y Aparte
    • El Poder y La Gloria
    • La Patria y La Familia
    • Estrategias
    • Pendientes de la Democracia
    • Actualidad Fiscal
    • Miradas al Mundo del Trabajo
    • Opinión de la Barra de Abogados
    • Miradas
    • En los Pasillos del Poder
    • La Mirada Rasgada
  • Servicios
    • Edición Virtual
    • Búsqueda Rapida
    • Login
    • Reading List
    • ¿Como Votar?
    • Contacto
    • Circulación
  • Nosotros
    • Directorio
    • Tarifas UnióndeMorelos
    • Perfil
    • Socialite
Actualidad Fiscal
Lectura 2 - 3 minutos

Subsidio

Por decreto del 1 de octubre del 2007, nace el subsidio al empleo teniendo como inicio de vigencia en el 2008. De acuerdo al artículo octavo de este decreto, tienen derecho al subsidio al empleo los contribuyentes que perciban ingresos derivados de una relación laboral y las remuneraciones obtenidas por los funcionarios y trabajadores de la Federación, de las Entidades Federativas y de los Municipios, así como los obtenidos por los miembros de las fuerzas armadas excepto los percibidos por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación.

Silvia Cartujano Escobar Silvia Cartujano Escobar
Martes, 14 Septiembre
  • Imprimir
  • Email

La tabla del subsidio para el empleo se calculará aplicando a los ingresos totales gravables el subsidio para el empleo y éste se aplicará contra el impuesto que resulte a cargo determinado por artículo 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).

En los casos en que el impuesto a cargo del contribuyente que se obtenga de la aplicación de la tarifa del artículo 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta sea menor que el subsidio para el empleo mensual obtenido de conformidad con la tabla del subsidio, el patrón (retenedor) deberá entregar al contribuyente la diferencia que se obtenga. En el caso de que un trabajador perciba en efectivo subsidio para el empleo, éste no será acumulable ni formara parte del cálculo de la base gravable de cualquier otra contribución por no tratarse de una remuneración al trabajo personal subordinado.

Cuando los trabajadores presten servicios a dos o más patrones deberán elegir, antes de que alguno les efectúe el primer pago que les corresponda por la prestación de servicios personales subordinados en el año, al empleador que les efectuará las entregas del subsidio para el empleo, en cuyo caso, deberán comunicar esta situación por escrito a los demás patrones, a fin de que ellos ya no les den el subsidio para el empleo correspondiente.

El patrón (retenedor) podrá acreditar contra el Impuesto Sobre la Renta a su cargo o del retenido a terceros las cantidades de subsidio al empleo que entregue a los contribuyentes. Para poder acreditar el subsidio al empleo se deben cumplir los siguientes requisitos:

1) Llevar los registros de los pagos de nómina.

2) Conservar los comprobantes en los que se demuestre el monto de los ingresos pagados a los contribuyentes, el impuesto sobre la renta que, en su caso, se haya retenido y las diferencias que resulten a favor del contribuyente con motivo del subsidio para el empleo.

3) Conservar los escritos que les presenten los trabajadores comunicándole cual patrón aplica el subsidio.

4) Presentar ante las oficinas autorizadas, a más tardar el 15 de febrero de cada año, declaración informativa de las cantidades que paguen por el subsidio para el empleo en el ejercicio anterior.

5) Pagar las aportaciones de seguridad social a su cargo por los trabajadores.

6) Anotar en los comprobantes de nómina que entreguen a sus trabajadores, el monto del subsidio para el empleo identificándolo de manera expresa y por separado.

7) Proporcionar constancias a los trabajadores del monto de subsidio para el empleo que se determine.

8) Entregar, en su caso, en efectivo el subsidio para el empleo a los trabajadores.

Tweet
Inicia sesión y comenta
Silvia Cartujano Escobar

Silvia Cartujano Escobar

210 Posts 2,316,396 Views
Enviar mensaje Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

+De Silvia Cartujano Escobar

Preparémonos para el cierre fiscal 2016 Efectos fiscales del aguinaldo Iniciarán revisiones fiscales a las iglesias Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal y se amplía la base Testamento y sus beneficios fiscales
Ant. Mes del testamento y sus implicaciones fiscales - Segunda Parte
Sig. Obligaciones fiscales de los trabajadores
  • La Unión de Morelos

LA UNION.NEWS

@UnionDeMorelos • Siguenos:

Hay 590 invitados y ningún miembro en línea

Directorio /Tarifas •Circulación •Perfil /Contacto

19
Revistas | Hemeroteca | Buscador

AVISOS
CLASIFICADOS
NACIONAL
INTERNACIONAL
ÚLTIMAS NOTICIAS
POLITICA
SOCIEDAD
JUSTICIA
CUAUTLA
ZONA SUR
DEPORTES
TECNOLOGIA
ESPECTACULOS
VIDA Y ESTILO
TURISMO
ESTUARIO
BAJO EL VOLCAN
CIENCIA
VIRAL
REVISTA
X
© 2025 LaUnión.News. All Rights Reserved. Design & Developed by SecretBox digital flow Back To Top

Publish the Menu module to "offcanvas" position. Here you can publish other modules as well.
Learn More.