La mala: las recomendaciones de las comisiones de Derechos Humanos no son más que sugerencias cuyo cumplimiento depende de la voluntad de las autoridades en turno.
La peor: La CNDH no tiene actualmente el respaldo del presidente de la República. Al contrario, hay evidencias de que pretende desaparecerla al igual que otros organismos autónomos que estorban a su proyecto de cuarta transformación.
Esto significa que la posibilidad de iniciar o no las investigaciones que recomienda la CNDH ni siquiera está en manos del gobierno estatal que encabeza Cuauhtémoc Blanco, sino del fiscal general del estado, Uriel Carmona Gándara, ya que la dependencia a su cargo es autónoma en términos de la reforma orquestada por el anterior gobernador Graco Ramírez.
Si Uriel quiere pueden iniciarse los procedimientos que sugiere el ombudsman nacional pero aparte, por su propia cuenta, ir más allá.
Es decir, no sólo fincarle responsabilidad penal a los autores materiales del homicidio de las seis personas, sino también de aquellos que los encubrieron, como fueron el comisionado de Seguridad Pública, Alberto Capella Ibarra y sus directores.
Aún más: el fiscal general Javier Pérez Durón también tiene que ser sometido a una investigación por haber permitido que Capella Ibarra y su gente hicieran todo lo necesario para dejar impune esa masacre.
Es la oportunidad perfecta para que el actual fiscal demuestre de una vez por todas que, si bien es cierto que llegó al cargo por gracia de Graco Ramírez, tiene un verdadero compromiso de cumplir y hacer cumplir la ley.
No hace falta ser perito en la materia para darse cuenta de que Capella mintió al dar a conocer su versión sobre los hechos ocurridos en Temixco:
“Aproximadamente a las 03:00 de la mañana del día de hoy (30 de noviembre) se logró el aseguramiento de José Manuel “N” primogénito del tipo apodado “El Crispín”, dicho sujeto fue detenido en un vehículo automotor de la marca Mazda, así como una arma de fuego calibre 9 milímetros y envoltorios que contenían vegetal verde con las características similares a la marihuana”, dijo Capella en conferencia de prensa.
El Comisionado agregó que durante el operativo, a través de una denuncia ciudadana, la Policía ubicó un domicilio en la Calle Venustiano Carranza del municipio de Temixco, donde se encontraba una casa de seguridad en la que los policías supusieron se encontraban personas privadas de la libertad.
“Al arribar al sitio, se visualizó a unos sujetos, quienes al notar la presencia policiaca los recibieron con disparos de arma de fuego, fue en ese momento que los elementos de la CES aplicaron los protocolos establecidos para este tipo de situaciones, buscando en todo momento persuadirlos para su entrega voluntaria y evitar el enfrentamiento que lamentablemente se prolongó por horas”, dijo Capella en la conferencia de prensa en la que no se abrió una sesión de preguntas y respuestas.
Al emitir la recomendación 21VG/2019 por violaciones graves a derechos humanos ocurridas durante y como consecuencia de tres operativos policiales de la CES en los límites de Temixco y Cuernavaca, el organismo nacional informó que, tras realizar una investigación de los hechos, obtuvo elementos para acreditar que personal de la CES “incurrió en allanamientos a las casas habitación en que estaban las víctimas; detenciones arbitrarias en agravio de 7 personas, incluido un adolescente; uso excesivo de la fuerza que derivó en la ejecución arbitraria de 6 personas, incluidas dos personas menores de edad”
Además, “trato cruel, inhumano y/o degradante derivado de las lesiones a 4 personas, incluidos 2 infantes; dilación en la puesta a disposición de los detenidos ante el Agente del Ministerio Público del Fuero Común en Cuernavaca, Morelos, y colocación deliberada del arma de fuego y los indicios balísticos que se relacionaron con el cadáver de una víctima”.
En su investigación, el organismo nacional echó abajo la teoría del “fuego cruzado” y que una de las víctimas disparó contra los policías desde el baño en el que se resguardaron.
Al analizar las versiones, la CNDH concluyó que no existe concordancia entre lo declarado por los agentes policiales con lo analizado en el lugar de los hechos; se corroboró que las puertas de la casa fueron abiertas con violencia, al encontrar “huellas de violencia mecánica y destrucción de cerraduras”; los daños producidos por proyectiles por arma de fuego, así como el resultado de los indicios balísticos localizados en el interior y exterior del domicilio, no existen elementos que permitan establecer que se haya producido “fuego cruzado” entre las víctimas y los elementos policiales”; los análisis químicos aplicados a las víctimas resultaron negativos y existe alto grado de probabilidad de que no accionaron armas de fuego.
“Los agentes policiales precisaron que sus agresores realizaban disparos de arma de fuego desde el interior de la casa, y que sentían como caían los vidrios de las ventanas ante los impactos, sin embargo, en las paredes y piso exteriores, que forman parte del inmueble, cochera y pasillos de acceso, no se observaron daños que pudieran haberse producido por el impacto de los proyectiles, lo que en opinión de expertos de este Organismo Nacional contradice el dicho de los servidores públicos en cuestión”.
Cabe destacar que José Antonio V. R. de 24 años de edad, familiar de las personas víctimas, es la única en contra de quien la Fiscalía ejerció acción penal y está bajo proceso por el delito de homicidio en grado de tentativa en agravio de los policías Fernando M. B. y Pedro G. V., aunque hasta el momento los fiscales no han podido demostrar que José Antonio haya disparado ni tampoco la existencia de una bala en el chaleco de protección de uno de los policías.
HASTA MAÑANA.