Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y de las retenciones de ISR realizadas a los trabajadores; originalmente se había contemplado presentar en el mes de mayo las declaraciones correspondientes al primer y segundo bimestre del año, pero por cuestiones técnicas que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha informado a través de diversos comunicados; han provocado que al día de hoy aún no se cuente con el sistema electrónico que permita la presentación de las declaraciones correspondientes a los periodos mencionados. No obstante el pasado 3 de mayo; el SAT sacó un comunicado, informando que las declaraciones correspondientes al primer y segundo bimestre se presentarán conjuntamente con la del tercer bimestre durante el mes de julio de este año, dentro de las justificaciones del porqué del atraso, el SAT ha informado que se ha estado buscando la simplicidad del sistema informático, para que el contribuyente del RIF cuente con un sistema sencillo y de fácil acceso desde cualquier equipo de cómputo; asimismo el Servicio de Administración Tributaria menciona la puesta en marcha de un simulador para que el contribuyente pueda practicar la forma de presentar la declaración bimestral, la plataforma estará disponible durante el mes de mayo y junio; buscando que el contribuyente se familiarice e identifique con el sistema.
Es necesario ir preparando la documentación relacionada con los comprobantes electrónicos expedidos por los ingresos obtenidos, los comprobantes electrónicos recibidos al realizar una compra o un gasto necesario para la operación del negocio, y desde luego ahorrar el importe de los impuestos a pagar, que han resultado del cálculo en cada uno de los bimestres, que dicho sea de paso, no causarán recargos, ni actualizaciones, derivado de la prórroga que ha comunicado la autoridad.
Actualidad Fiscal
Lectura 1 - 2 minutos
¿Cuándo presento la declaración bimestral si soy RIF?
Los contribuyentes que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal comúnmente llamado RIF, tienen la obligación de presentar de manera bimestral las declaraciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR), del Impuesto al Valor Agregado (IVA),
TXT M.I. Crisóforo Álvarez Violante
Inicia sesión y comenta