La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), se pronuncie sobre si el Partido del Trabajo (PT) y el Partido Humanista (PH) deberán conservar o perder su registro, al considerar que la junta general ejecutiva carece de atribuciones para pronunciarse al respecto.
Al resolver diversos medios de impugnación, el pleno de este Tribunal Electoral revocó la resolución de la Junta General Ejecutiva del INE, que determinó la declaratoria de pérdida de registro de los referidos partidos políticos, por no haber obtenido por lo menos 3% de la votación válida emitida en la elección federal ordinaria para diputados, celebrada el pasado 7 de junio de 2015, así lo informó el TEPJF en un comunicado oficial.
Por mayoría de votos, en sesión pública se indicó que el único facultado para determinar si un partido político pierde o conserva su registro en definitiva es el Consejo General del INE, ya que es una cuestión de trascendencia para el sistema político electoral, pues se trata de una situación que puede afectar los derechos fundamentales de votar, ser votado y asociación en materia político-electoral de los ciudadanos.
De manera que atendiendo a la garantía constitucional de permanencia de los institutos políticos, a la Junta General Ejecutiva únicamente le corresponde hacer la declaratoria sobre la actualización de los supuestos previstos en la normatividad aplicable y elaborar el proyecto de resolución que deberá someter a consideración del Consejo General.