Lo anterior fue dado a conocer por el responsable del sector salud en la entidad Víctor Manuel Caballero Solano, quien informó que ya se aprobó dicho acuerdo y en toda la república quedará prohibida la venta de antibióticos sin receta.
Mencionó que en la reunión más reciente de la Conferencia Nacional de Salud se aprobaron los lineamientos que especifican cómo deben actuar los establecimientos que vendan o dispensen antibióticos al menudeo a usuarios y al público general.
El funcionario dijo que es fundamental que se haga conciencia en la población sobre la importancia de esta medida, ya que en Morelos como en el resto del país el uso inadecuado de medicinas ha provocado resistencia de los microorganismos que nos enferman a las medicinas y cada día es más complejo el tratamiento de las mismas.
Adelantó que en próximos días se habrá de reunir con los comerciantes de este ramo para darles a conocer dichos lineamientos y explicarles las razones de esta decisión, pues a nivel nacional las grandes cadenas ya han aceptado esta disposición.
Mencionó que en Morelos se replica la estadística federal de que el 67% de los antibióticos que se consumen no son necesarios, es decir se usan de manera no adecuada.
Los lineamientos
El secretario de Salud del estado indicó que hasta la fecha la Cofepris sigue siendo la instancia correspondiente para verificar que se cumpla esta reforma a la ley general de salud, pero está en análisis la propuesta de que los estados colaboren en este rubro.
Lo que ya fue autorizado y dio a conocer, son los lineamientos a los que se sujeta la venta y dispensación de antibióticos.
De acuerdo con dicho documento, las farmacias o cualquier otro establecimiento deberá llevar un registro en el que se asienten todo y cada uno de los datos de la receta: fecha de adquisición, fecha de venta, dispensación o desechamiento del antibiótico (que no es vendido); la denominación distintiva y la denominación genérica en caso de ser necesario, la presentación del mismo.
En los que son vendidos o expendidos, se tiene que llevar un registro de el nombre del médico que prescribe la receta, número de cédula profesional, domicilio del mismo, cuando no se necesario retener la receta.
Toda receta retenida deberá ser conservada en un archivo durante 365 días naturales.
Además cada vez que se surta el antibiótico, deberá sellarse al receta indicando en ella la cantidad vendida y la fecha de venta. “Al momento de agotarse la cantidad de antibiótico prescrito, la receta debe ser retenida por el establecimiento y deberá surtirse únicamente durante el tiempo de duración del tratamiento indicado, es decir que en las farmacias se hará la cuenta del tiempo y la cantidad de medicamento que ha sido recetado por el médico, con el fin de que no se venda más ni en tiempo distinto del que ha sido señalado por el profesional.
La Cofepris publicará por internet el listado de los antibióticos que estarán sujetos a este control para que pueda ser consultada por la población en general, los médicos así como las farmacias.