Los operadores deberán proporcionar gratuitamente el servicio al personal de salud y negar el ascenso a los usuarios que no porten tapabocas.
Los operadores del transporte público deberán proporcionar gratuitamente el servicio al personal de salud y negar el ascenso a los usuarios que no porten tapabocas, como parte de las medidas dictadas por la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMyT) para enfrentar la fase 3 de la pandemia del covid-19.
Tras su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, entró en vigor el “Acuerdo por el que se establecen una serie de medidas de seguridad extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generadas por el virus SARS- Co V2, en el transporte público de pasajeros en el estado de Morelos, ante el ingreso de México a la fase 3 de contingencia sanitaria generada por la enfermedad COVID-19”.
De esta forma, se estableció la coadyuvancia con el transporte público de pasajeros con itinerario fijo para la gratuidad del servicio a los trabajadores instituciones públicas federales y estatales del sector salud, quienes recibirán el beneficio con solo mostrar su credencial que acredite que laboran para los Servicios de Salud de Morelos, el IMSS e ISSSTE.
Otras medidas importantes son: los conductores de las rutas y taxis deberán usar mascarillas y no deberán permitir el ascenso a personas que no porten cubrebocas; respetar la jornada nacional de sana distancia, manteniendo el 50% de capacidad de usuarios a bordo de la unidad; portar a la vista y alcance de los usuarios cualquier solución desinfectante; realizar contantemente labores de limpieza de las unidades en tubos, pasamanos, puertas, timbres; y mantener el ascenso y descenso solamente por la puerta delantera de la unidad, con la finalidad de aplicar gel antibacterial.
La Dirección General de Transporte Público, Privado y Particular de la SMyT tendrá que implementar operativos de vigilancia para cerciorarse de que se cumplan las disposiciones, que estarán vigentes hasta el 31 de mayo.