Sociedad
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Policías de Capella incurrieron en “ejecución arbitraria” de familia en 2017: CNDH

Además, sembraron y alteraron evidencias para inculpar a las víctimas.

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El organismo pide investigación y sanciones para los elementos de la CES participantes de los hechos ocurridos en un domicilio del municipio de Temixco.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) confirmó que elementos de la Comisión Estatal de Seguridad al mando de otrora titular, Alberto Capella Ibarra, no sólo perpetraron una “ejecución arbitraria” de seis miembros de una familia en el municipio de Temixco la madrugada del 30 de noviembre de 2017, sino que sembraron y alteraron evidencias para inculpar a las víctimas.

Al emitir la recomendación 21VG/2019 por violaciones graves a derechos humanos ocurridas durante y como consecuencia de tres operativos policiales de la CES en los límites de Temixco y Cuernavaca, el organismo nacional informó que, tras realizar una investigación de los hechos, obtuvo elementos para acreditar que personal de la CES “incurrió en allanamientos a las casas habitación en que estaban las víctimas; detenciones arbitrarias en agravio de 7 personas, incluido un adolescente; uso excesivo de la fuerza que derivó en la ejecución arbitraria de 6 personas, incluidas dos personas menores de edad”

Además, “trato cruel, inhumano y/o degradante derivado de las lesiones a 4 personas, incluidos 2 infantes; dilación en la puesta a disposición de los detenidos ante el Agente del Ministerio Público del Fuero Común en Cuernavaca, Morelos, y colocación deliberada del arma de fuego y los indicios balísticos que se relacionaron con el cadáver de una víctima”.

Según la versión oficial sostenida por el gobierno de Graco Ramírez y el otrora titular de la CES, Alberto Capella, una denuncia ciudadana alertó de una supuesta casa de seguridad donde había personas privadas de su libertad en la calle Francisco I. Madero de la colonia Rubén Jaramillo del municipio de Temixco.

Al llegar a la casa (que habitaba José Valdez Chapa y su familia),  los policías aseguraron que fueron agredidos con armas de fuego y comenzó la refriega con el supuesto grupo criminal que se extendió por más de dos horas.

El saldo fue de cinco detenidos (que luego fueron liberados por un juez al no haber indicios de la comisión de un delito) y seis personas muertas (cuatro mujeres, un bebé y un menor de 13 años que se resguardaron en un baño), presuntamente en el “fuego cruzado”.

La versión de los deudos y posteriores investigaciones periodísticas revelaron que los policías irrumpieron en el domicilio y atacaron a sus ocupantes. Incluso, la propia familia acusó que las víctimas habrían sido ejecutadas al recibir el tiro de gracia, pero la fiscalía estatal, que entonces dirigía Javier Pérez Durón, sobrino político de Graco Ramírez, rechazó esa versión.

De acuerdo con la recomendación de la CNDH, que consta de 368 fojas, existen serias irregularidades tanto en las indagatorias como en la integración de las diversas carpetas de investigación por parte de la Fiscalía General del Estado.

En su investigación, el organismo nacional echó abajo la teoría del “fuego cruzado” y que una de las víctimas disparó contra los policías desde el baño en el que se resguardaron.

Al analizar las versiones, la CNDH concluyó que no existe concordancia entre lo declarado por los agentes policiales con lo analizado en el lugar de los hechos; se corroboró que las puertas de la casa fueron abiertas con violencia, al encontrar “huellas de violencia mecánica y destrucción de cerraduras”; los daños producidos por proyectiles por arma de fuego, así como el resultado de los indicios balísticos localizados en el interior y exterior del domicilio, no existen elementos que permitan establecer que se haya producido “fuego cruzado” entre las víctimas y los elementos policiales”; los análisis químicos aplicados a las víctimas resultaron negativos y existe alto grado de probabilidad de que no accionaron armas de fuego.

“Los agentes policiales precisaron que sus agresores realizaban disparos de arma de fuego desde el interior de la casa, y que sentían como caían los vidrios de las ventanas ante los impactos, sin embargo, en las paredes y piso exteriores, que forman parte del inmueble, cochera y pasillos de acceso, no se observaron daños que pudieran haberse producido por el impacto de los proyectiles, lo que en opinión de expertos de este Organismo Nacional contradice el dicho de los servidores públicos en cuestión”.

Además, el análisis químico aplicado a la vestimenta de las víctimas reveló que, al menos  una de ellas recibió un disparo a quemarropa; el análisis aplicado a las balas encontradas en la zona del baño, donde se resguardaron las víctimas, por lo menos se utilizaron cuatro armas de fuego calibre 9 milímetros y ninguna corresponde a la supuesta arma encontrada a un costado de la víctimas, lo que descartó la versión de que haya atacado a los policías.

“En opinión de criminalistas de este Organismo Nacional, tomando en cuenta que las víctimas se agruparon para protegerse en la esquina nororiente del baño, el muro norte de dicha habitación les impedía la visión para ubicar donde se encontraban los elementos de la Comisión Estatal de Seguridad, por lo que es poco factible que desde la posición en la que se encontraban hubiesen efectuado disparos, pues no contaban con espacio y ángulo de tiro”, estableció la CNDH y recalcó en su investigación que, en las pruebas aplicadas a las víctimas y algunos detenidos, no se identificaron elementos de plomo y bario producto de la deflagración de un arma de fuego.

También estableció que se hizo uso excesivo de la fuerza letal que derivó en la ejecución arbitraria de las víctimas; que no fueron identificados todos los elementos de la CES que privaron de la vida a las seis víctimas y participaron en los hechos, ya que también intervinieron policías vestidos de civiles; y que,  conforme a los protocolos y leyes, se incurrió en una ejecución extrajudicial o arbitraria.

“Debido a las inconsistencias que se observaron en el Informe Policial Homologado que suscribieron, AR1, AR2, AR3, AR4, AR5, AR6 y AR7, así como en las declaraciones ministeriales que rindieron dichos servidores públicos, este Organismo Nacional no pudo determinar el grado de intervención de todos y cada uno de los elementos de la Comisión Estatal de Seguridad que intervinieron en el operativo en cuestión, sin embargo existen indicios para establecer que algunos participaron directamente en la ejecución arbitraria de MV4, MV5, V5, V6, V7 y V8, y otros toleraron dicha situación, lo que deberá de ser investigado por la autoridad ministerial a fin de deslindar las responsabilidades que correspondan”, fue parte de las conclusiones de la investigación de la CNDH.

 

CNDH pide investigación y sanciones

Derivado de las graves violaciones a los derechos humanos en este caso, la CNDH recomendó al Gobernador de Morelos que, en coordinación con la Comisión Estatal de Víctimas (CEAV) brinde a los familiares de las víctimas de ejecución arbitraria y a las personas que resultaron lesionadas la reparación integral del daño; reparación integral a los propietarios de los inmuebles que resultaron dañados por esos hechos, y que los familiares de las víctimas privadas de la vida sean inscritos en el Registro Nacional de Víctimas para que accedan al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, de conformidad con la Ley General de Víctimas y la homóloga del estado de Morelos.

Pidió colaborar en las investigaciones ministeriales y procedimientos administrativos que, respectivamente, se inicien ante la Fiscalía General y la Unidad de Asuntos Internos de la Comisión Estatal de Seguridad para determinar la identidad de los agentes que intervinieron en las violaciones a los derechos humanos de las víctimas, así como de quienes en la cadena de mando que, en su caso, ordenaron, autorizaron o toleraron los hechos, y contra los médicos por las imprecisiones en los dictámenes que emitió respecto de las lesiones que sufrieron dos adolescentes, y contra el personal de la Unidad de Rescate Urbano, Atención a Siniestros y Urgencias Médicas que omitió certificar las lesiones infligidas a cuatro personas menores de edad. 

De igual manera, deberá colaborar en las investigaciones ministeriales y procedimientos administrativos que, respectivamente, se inicien ante la Fiscalía General y la Unidad de Asuntos Internos de la Comisión Estatal de Seguridad contra el personal involucrado en la dilación en la puesta disposición de los detenidos ante la autoridad ministerial y los elementos de esa corporación policial que de manera deliberada colocaron el arma de fuego y los indicios balísticos que se relacionaron con el cadáver de una víctima.

Además, deberá implementar acciones mediante políticas públicas para solucionar y combatir los índices de violencia y criminalidad imperantes en Morelos; fortalecer, con las autoridades municipales de la entidad, mecanismos de participación ciudadana para escuchar a la población y atender problemas relacionados con desempleo, pobreza, desigualdad social, prevención del delito, violaciones a derechos humanos y acceso a la justica, acorde con los Objetivo de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la ONU.

Al fiscal general, Uriel Carmona Gándara, recomendó continuar con la integración de las investigaciones de los homicidios de seis personas, entre ellas dos menores, para que se identifique, localice, detenga, procese y sancione a los responsables y las víctimas accedan a la justicia; y colaborar con la CNDH en la queja que presente ante la Visitaduría General de esa Fiscalía General, por las omisiones en la integración de las carpetas de investigación del caso, y contra el perito médico forense, por imprecisiones en las necropsias a las seis personas privadas de la vida.

 

 

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Maciel Calvo

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