La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que es conforme a derecho asignar regidurías por el principio de representación proporcional a las planillas de candidaturas independientes, para materializar el derecho humano a votar y ser votados, así como a ser representados en los ayuntamientos.
Al resolver el SUP-REC-0564-2015 se avaló el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia de la magistrada María del Carmen Alanís Figueroa, en el que se confirmó la asignación de las cuatro regidurías por el principio de representación proporcional, realizadas por la Sala Regional de Monterrey, en el municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.
En un comunicado oficial, el Pleno del Tribunal informó que avaló la sentencia emitida por la Sala Regional de Monterrey, que modificó la asignación realizada por la Comisión Municipal Electoral, que había otorgado dos regidurías por este principio al PRI y dos al PH, y dejó sin regidores a la planilla de candidatos independientes, pese a que obtuvo el segundo lugar de la votación.
La magistrada Alanís Figueroa propuso al Pleno reconocer el derecho a los ciudadanos que participaron como candidatos independientes y que no obtuvieron el triunfo por el principio de mayoría relativa, para participar en la asignación de las regidurías por el principio de representación proporcional en el referido ayuntamiento.
Por su parte, el magistrado Salvador Nava Gomar indicó que en un ayuntamiento las planillas postuladas por candidaturas independientes tienen derecho a contar con regidurías por el principio de representación proporcional, para garantizar que los votantes estén representados en los órganos colegiados. Sin embargo, consideró que es necesario hacer una interpretación conforme a derecho para garantizar la libertad que tienen las entidades federativas a integrar sus municipios.
Al respecto, el magistrado Flavio Galván Rivera manifestó la aprobación del proyecto original de la ponente, en el sentido de modificar la asignación de regidurías, tanto para la planilla de candidatos independientes como para la planilla postulada por el Partido Revolucionario Institucional y por el Partido Humanista.
Por su parte, el magistrado Manuel González Oropeza estableció que las planillas de candidaturas independientes deben gozar de los mismos derechos que las de partidos políticos, lo cual incluye la asignación de diputados por el principio de representación proporcional.
Constancio Carrasco Daza, presidente del TEPJF, destacó el principio de progresividad del artículo 1º constitucional asumido por la Sala Superior, para potenciar el derecho humano de contender como candidato independiente a cargos de elección popular, el cual debe verse favorecido reconociendo a las planillas de candidatos independientes la posibilidad de integrar los ayuntamientos por el principio de representación proporcional.