Política
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Es atribución del INE operación de la casilla única: Impepac

Por tratarse de una atribución exclusiva del Instituto Nacional Electoral (INE) la operación de la Casilla Única, y por lo tanto la acreditación de los representantes de los partidos políticos ante la misma, el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), determinó declinar competencia para conocer de la queja interpuesta por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), a favor de la Junta Local Ejecutiva del INE.

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Lo anterior lo informó el Impepac, luego de que el PRI, el pasado 29 de mayo presentara un escrito de queja ante el Impepac, en contra del Partido de la Revolución Democrática (PRD), señalando el denunciante que este último partido, por conducto del presidente de su Comité Directivo Estatal, registró aparentemente a diversos funcionarios del gobierno del estado de Morelos, como representantes ante las mesas directivas de casilla por el Partido de la Revolución Democrática, contraviniendo a las normas que rigen el proceso electoral.

Ante ello, la Comisión Temporal de Quejas del Impepac, en sesión de trabajo, determinó el pasado 1 de junio declinar competencia al INE Morelos, sobre la queja interpuesta, pues de conformidad a los lineamientos emitidos por el mismo órgano comicial a nivel nacional, mediante acuerdos INE/CG111/2015 e INE/CG155/2014, el Impepac acogió y agotó la queja, declinando la competencia a la Junta Local Ejecutiva, a quien corresponde resolver sobre la materia de la misma, de conformidad con el acuerdo IMPEPAC/CEE/CQ/023/2015.

A través de un comunicado oficial, el Impepac precisó también que el PRI fue notificado el pasado 2 de junio, mediante oficio INE/VS/195/2015, signado por la vocal de la Secretaría de la Junta Local Ejecutiva del INE en Morelos, a través del cual informó al Impepac, que sobre la información de los ciudadanos que refiere en su escrito de queja, después de haber contestado el sistema de registro, no se encontró ningún registro con los nombres a los que hace referencia el partido denunciante.

Finalmente se informa también que de conformidad con lo dispuesto en el  artículo 41, párrafo segundo, Base V, Apartado B, inciso a), numeral 4, de la Constitución federal, corresponde al INE la ubicación de las casillas y la designación de los funcionarios de sus mesas directivas.

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Claudia Marino

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