La delegación de la Condusef en Morelos envió un comunicado, donde señala que el usuario será quien decida la institución financiera que más le convenga para contratar el servicio o producto financiero que requiera, y no podrá ser condicionado a hacerlo con alguna institución determinada.
Es decir, que por ejemplo, en el caso de las cuentas de depósito, ninguna institución financiera podrá obligar al usuario a contratar el servicio de Banca por Internet al abrir una cuenta de depósito. Que en la contratación de un pagaré liquidable al vencimiento, no se podrá condicionar la apertura de una cuenta de depósito, como cuenta eje, con determinada institución.
Asimismo, los créditos al consumo o de nómina, se prohíbe la condicionante de contratar un determinado seguro de vida y/o de desempleo para solicitar este tipo de créditos. Es decir, el cliente podrá hacerlo con la institución que más le convenga.
En los créditos automotrices, ya no se podrá obligar al usuario a contratar el seguro de vida con incapacidad total y permanente, así como el aseguramiento del vehículo con el mismo grupo financiero o la aseguradora que tiene convenio con la institución otorgante del crédito. Y en el caso de créditos garantizados a la vivienda, señala que al adquirir una, ya no podrán obligar al cliente a contratar una cuenta de cheques para realizar depósitos de los pagos, la contratación de seguros de vida con incapacidad total o permanente, así como seguros de daños sólo con la aseguradora perteneciente al grupo financiero. Es decir, el cliente podrá hacerlo con la institución que más le convenga, reitera la Condusef.
Estas nuevas disposiciones deberán ser aplicadas por las instituciones financieras y en caso de no cumplir serán sancionadas por la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de Servicios Financieros, con lo que se prevé que en caso de créditos, las compañías de seguros deberán tener mayor apertura en el mercado ofreciendo productos que sean útiles tanto para los usuarios como para los otorgantes del crédito, estimulando la competencia con mejores servicios y a mejores precios, y desde luego con más transparencia en beneficio de los usuarios de productos y servicios financieros.
Esta reforma financiera establece un periodo transitorio de 90 días para la aplicación de estas disposiciones, lo cual significa que a partir del 10 de abril de este año entrarán en operación, plazo durante el cual las instituciones financieras deberán realizar los ajustes necesarios para su implementación.
Política
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Con la reforma financiera quedan prohibidas las ventas "atadas": Condusef
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) dio a conocer que a partir de la publicación de la reforma financiera, quedan prohibidas las ventas atadas en la contratación de algún producto o servicio financiero, lo cual significa que estará prohibido “condicionar la venta o contratación de operaciones o servicios financieros a la contratación de otra operación o servicio”.
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