Quienes incurran en esta conducta podrán ser sancionados hasta con prisión.
La venta de bebidas alcohólicas sin contar con permiso expedido por la autoridad municipal quedó tipificado como delito en el Código Penal del Estado del Estado de Morelos y quienes incurran en esta conducta podrán ser sancionados hasta con prisión.
Con su reciente publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” entró en vigor la adición que el Congreso de Morelos realizó a la legislación penal de la entidad, luego de que en los último tres años se han detectado establecimientos que operan ilegalmente para vender bebidas de dudosa procedencia y que expenden licor a menores de edad.
De acuerdo con el legislador, para poder llevar a cabo las actividades reguladas sobre venta y consumo de bebidas alcohólicas en el estado de Morelos, como son la venta, consumo y/o distribución de bebidas alcohólicas, se debe contar obligadamente con licencia o permiso otorgado por la autoridad municipal, previo cumplimiento de los requisitos que marca la propia ley y el pago de derechos.
La reforma estableció que la proliferación de establecimientos clandestinos y que operan al margen de la ley se ha convertido en problema grave en todos los municipios, ya que fomenta el consumo indiscriminado de alcohol y genera problemas de salud y de seguridad.
“La venta y/o distribución indiscriminada de bebidas alcohólicas, sin previa verificación del cumplimiento de los requisitos administrativos ocasionan problemas sociales verdaderamente preocupantes, pues con mucha facilidad se enajenan y distribuyen bebidas alcohólicas sin ningún tipo de supervisión tanto en su calidad como en su distribución a cualquier tipo de persona y en cualquier horario y lugar, ocasionando con ello, problemas de inseguridad y de salud, en donde en muchas de las ocasiones se derivan por el consumo de bebidas alcohólicas ilegales o adulteradas.
“El problema social se agrava cuando existen casos de intoxicación severa por alcohol, pues uno de los factores que genera esta problemática es precisamente la venta clandestina de vinos y licores en nuestro estado”, justificó.
Por tal razón, adicionó el artículo 211 sextus del Código Penal para el Estado de Morelos, con la finalidad de tipificar como delito la venta o distribución de bebidas alcohólicas sin permiso o licencia expedida por la autoridad.
En consecuencia, “a quien venda o distribuya bebidas alcohólicas sin contar con la licencia o el permiso emitido por la autoridad correspondiente, se le impondrá de tres a dieciocho meses de prisión y multa de 100 a 500 veces el importe del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente (equivalente a 8,688 a 43,440 pesos) al momento de la comisión del delito”.
Pero la adición legislativa matiza: “Se considera que se tiene permiso, aún y cuando este se encuentre pendiente de ser refrendado por la autoridad municipal competente o corresponda a un domicilio distinto al que se encuentra en el mismo, siempre y cuando se encuentre dentro del municipio de que se trate”.
El caso más reciente de venta y distribución de bebidas alcohólicas sin permiso municipal, quedó al descubierto el pasado 10 de mayo en la zona oriente, cuando un grupo personas ingirió un refino adulterado de venta a granel durante una convivencia en la comunidad de Telixtac, municipio de Axochiapan. Hasta el momento, 21 personas fallecieron por la intoxicación y varias permanecen hospitalizadas.