Lo interpuso el expresidente del organismo, Jorge Arturo Olivares Brito, contra la designación de su sucesor, Israel Hernández Cruz.
Por orden de un tribunal colegiado, el Juzgado Tercero de Distrito admitió el juicio de amparo promovido por el ex presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, Jorge Arturo Olivares Brito, contra la designación de su sucesor, Israel Hernández Cruz.
Luego de que el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito decretó fundado el recurso de queja 214/2019, promovido por el ex ombudsman contra el auto de desechamiento de su demanda de amparo emitido en 24 de junio pasado, el juzgado federal admitió el expediente 883/2019, pero negó el otorgamiento de la suspensión provisional, por tratarse de un acto consumado.
En el mes de marzo, el Congreso lanzó la convocatoria para designar o, en su caso, ratificar al titular del organismo estatal. Al proceso se inscribieron 22 aspirantes, incluido Olivares Brito, quien aspiraba refrendar su nombramiento.
Fue Israel Hernández Cruz, ex funcionario de la administración graquista y quien entonces se desempeñaba como titular de la Notaría 13 de Cuernavaca, quien resultó designado ombudsman con el voto de 17 de los 20 legisladores locales.
Su nombramiento generó polémica entre los propios aspirantes y organizaciones de abogados, y el ex titular de la CDHEM decidió impugnar por la vía del amparo la decisión del Congreso.
Inicialmente, el juzgado federal desechó su demanda, pero un tribunal colegiado ordenó su admisión.
Por lo pronto, el Juzgado Tercero de Distrito emplazó al Congreso local a rendir los respectivos informes sobre el proceso legislativo para la designación. “Por otra parte, con base en el artículo 138, fracción III, de la Ley de Amparo, pídase a las autoridades señaladas como responsables, el informe previo, el cual deberán rendir por duplicado dentro del término de cuarenta y ocho horas, contadas a partir del momento de la notificación de este auto. Apercibidas de que, de no rendirlo, se les impondrá en la sentencia respectiva, una multa por la cantidad equivalente a cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”, estableció el acuerdo de admisión.