En un comunicado oficial, emitido por el IMIPE el pasado 3 de febrero, refiere que en la sesión 05-2011 del pleno del consejo (celebrada el primero de febrero), se resolvió requerir al presidente municipal de Zacatepec, José Carmen Cabrera Santana, para que en un plazo no mayor de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a su notificación, remita la información solicitada –número de hombres y mujeres integrantes del cabildo y titulares de las regidurías; currículum de cada miembro del cabildo; presupuesto por regiduría; número de sesiones del cabildo de enero de 2011 a la fecha, así como número de mujeres y hombres integrantes de los consejos de participación, autoridades auxiliares y del Coplademun–, debiéndolo hacer de manera gratuita al incurrir en positiva ficta; apercibido que en caso de incumplimiento, será sancionado con multa equivalente a 100 días de salario mínimo.
Vale referir que el alcalde y varios funcionarios de ese Ayuntamiento han sido reiteradamente sancionados por no entregar información, de modo incluso que el edil prometió crear una “sala de la transparencia” en la que estuviera física y electrónicamente la información pública de oficio.
En la misma sesión, la Dirección General Jurídica del IMIPE presentó al pleno seis proyectos de acuerdo, los cuales fueron aprobados en sus términos; uno de ellos, el de apercibimiento, por el que se hace efectiva la multa de 100 días de salario mínimo vigente a Nepthalí Carmen Sandoval Rodríguez, titular de la Unidad de Información Pública (UDIP) del Ayuntamiento de Jojutla, por incumplimiento a la resolución del IMIPE, requiriéndolo entregar la información solicitada –número de hombres y mujeres integrantes del cabildo y titulares de las regidurías; currículum de cada miembro del cabildo; presupuesto por regiduría; número de sesiones del cabildo de enero de 2011 a la fecha, así como número de mujeres y hombres integrantes de los consejos de participación, autoridades auxiliares y del Coplademun–; requiriéndolo nuevamente remita sin costo a este Instituto dicha información, apercibido que en caso de incumplimiento será sancionado con suspensión del cargo sin goce de sueldo por 15 días naturales.
A su vez, prosigue el comunicado, la Dirección General de Capacitación, Evaluación y Seguimiento del IMIPE, presentó al Pleno dos proyectos de acuerdo, los cuales fueron aprobados en sus términos, uno de ellos, para requerir al presidente municipal y al titular de la Unidad de Información Pública (UDIP) del Ayuntamiento de Jojutla, Enrique Retiguín Morales y Nepthalí Carmen Sandoval Rodríguez, respectivamente, para que en un término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que sea notificado el presente acuerdo, difundan y actualicen al mes de diciembre del año dos mil once, la información pública de oficio que refieren los artículos de la Ley de la materia, a través de su página de Internet, apercibidos que para el caso de incumplimiento a lo anterior y obtenga menos del ochenta por ciento de cumplimiento a la difusión de la información pública de oficio en apego a los Lineamientos y Criterios en comento, serán sancionados en lo individual con una multa de cincuenta días de salario mínimo vigente en el estado de Morelos en términos de los artículos 127 numeral 1 y 130 de la Ley de la materia.