*Señaló que no se ha ordenado su restitución*
En un comunicado y respecto a declaraciones de una agrupación de abogados, este miércoles, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) precisó que "jamás se destituyeron a diez jueces, sólo fueron tres y por actos de corrupción debidamente probados".
De igual modo, el TSJ señaló que "hasta el momento ninguna autoridad jurisdiccional federal ha ordenado ninguna restitución y mucho menos el pago de salarios caídos".
En el documento de referencia se detalla lo siguiente:
"La Comisión de Magistrados o Comisión Transitoria, órgano administrativo que suplió al extinto Consejo de la Judicatura y antecedió a la actual Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial del Estado de Morelos, se conformó de tres magistrados (la magistrada presidente del (TSJ), María del Carmen Verónica Cuevas López, y los magistrados Rubén Jasso Díaz y Miguel Ángel Falcón Vega) elegidos por los integrantes del Pleno y no por dos como lo aseguran los abogados.
Dicho órgano administrativo se creó por una reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos el 26 de febrero de 2018 y no en abril como lo afirman; mientras que la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial del Estado se creó el tres de junio y no el cinco de junio de 2019.
Jamás se destituyeron a diez jueces, sólo fueron tres y por actos de corrupción debidamente probados; hasta el momento ninguna autoridad jurisdiccional federal ha ordenado ninguna restitución y mucho menos el pago de salarios caídos".
Jamás fue ilegal el funcionamiento de la Comisión de Magistrados o Comisión Transitoria, pues la institución trabajó de manera normal bajo su mandato y sólo los asuntos que conoció el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito ordenó emitir una nueva resolución pero jamás una restitución, siendo que dos de tres tribunales sólo en los asuntos administrativos que llegaron a conocimiento validaron el actuar de dicha Comisión.
Del total de asuntos administrativos resueltos por la Comisión de Magistrados o Comisión Transitoria, sólo en un 20 por ciento se ordenó dictar otra resolución, algo común en los juicios.
Este organismo administrativo no sólo resolvió asuntos administrativos sino infinidad de actividades, las cuales todas fueron válidas.
Los procedimientos administrativos representan sólo el 10 por ciento de la actividad de la comisión, es decir, sólo el dos por ciento de todas sus actividades tuvo el resultado que refieren los abogados".