Presidentes municipales reclamaron, este día, a los diputados locales la eliminación del impuesto adicional.
Alrededor de las 13:30 horas, ediles están reunidos con los legisladores para pedir que se hagan ajusten a la alza en otros conceptos, ante la eliminación del citado impuesto adicional.
Juan Ángel Flores Bustamante, alcalde de Jojutla, dijo que la eliminación de dicho impuesto causará un grave impacto a las finanzas de los municipios, de por sí ya en crisis.
"ARTICULO 119.- Es objeto del impuesto adicional la realización de pagos por concepto de impuestos y derechos municipales previstos en la Ley de Ingresos del Municipio.
ARTICULO 120.- Son sujetos del impuesto adicional quienes tengan a su cargo, directa o solidariamente, los pagos a que se refiere el Artículo anterior.
ARTICULO 121.- Es base del impuesto los pagos por concepto de impuestos y derechos previstos en la Ley de Ingresos del Municipio.
ARTICULO 122.- La tasa general del impuesto será del 25% sobre la base que señala el Artículo 121 y su aplicación se hará según lo dispone el Artículo 123 de esta Ley.
ARTICULO *123.- El impuesto adicional referido a:
a).- Impuesto de traslado de dominio, así como de los derechos sobre fraccionamientos se aplicará como sigue:
I. El 15% se asigna para apoyo a educación;
II. El 5% se asigna Pro-Universidad;
III. El 2.5% se asigna al equipamiento y desarrollo de los Cuerpos de Bomberos Municipales, y
IV. El 2.5% se asigna al FAEDE.
Lo anterior se sumaría al 1.5% de los ingresos propios, participaciones federales e ingresos coordinados con que ya cuenta dicho fondo.
b).- Los demás impuestos y derechos.
25% General para el Municipio.
NOTAS: REFORMA VIGENTE.- Reformada la fracción III, por artículo tercero".