*Con fines lúdicos y recreativos*
Abogados dieron a conocer que el Juzgado Primero de Distrito resolvió que dos personas en Morelos pueden consumir y portar hasta 20 gramos de marihuana para uso lúdico, recreativo y de salud sin que se les criminalice.
Refirieron que el amparo es "para que puedan practicar todas las actividades relacionadas con el consumo de la marihuana de manera lícita; eso implica que pueden transportar la semilla, adquirirla, cultivarla, cosecharla y sembrarla de manera lícita, es decir, sin ser penalizados por ese consumo".
Al respecto, el litigante Juan Carlos Juárez detalló que hay restricciones porque no podrán consumir en espacios públicos, en los cuales no se cuente con la autorización expresa de las personas que ahí se encuentren, y tampoco frente a menores de edad.
De igual modo, agregó que hay otras 50 demandas de amparo similares y en trámite ante ocho jueces de distrito, pendientes de resolución, al tiempo de anotar que el proceso de las dos primeras demandas resueltas inició en noviembre del año pasado, a través de solicitudes presentadas ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
Finalmente, indicó que el juez declaró fundados los conceptos expuestos respecto al derecho al libre desarrollo de la personalidad, sin mayor restricción que las que fije el orden público.