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La SCJN rectifica puntos de la reforma electoral

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el primer paquete de acciones de inconstitucionalidad promovidas por diversos partidos políticos contra la reforma a la Constitución local en materia electoral.

Entre los resolutivos destaca la invalidez de la modificación del Artículo 58, en la que diputados incrementaron a 12 años el número de años de residencia para aspirar a la gubernatura.

También invalidó el incremento de 90 a 180 días del plazo otorgado a miembros del Ayuntamiento para separarse del cargo para contender por una diputación local.

Además, que el Congreso determine el territorio de los Distritos Electorales del estado.

Se declaró válido y por tanto subsiste que el Congreso quedará conformado por 12 diputados de mayoría y ocho de representación proporcional, conforme a la distritación que apruebe el Instituto Nacional Electoral (INE).

-Imagen: Archivo.-

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La Redacción

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