La justicia federal asestó un nuevo golpe al Congreso de Morelos y ordenó ratificar como magistrada supernumeraria del Tribunal Superior de Justicia a Leticia Taboada Salgado. De lo contrario, procederá la apertura de un incidente de inejecución de sentencia para promover la destitución de los 30 legisladores, por desacato a un mandato judicial.
El viernes, el Juzgado Segundo de Distrito resolvió que los diputados incumplieron la sentencia del juicio de amparo 1629/2014 promovido por Taboada Salgado, y el cual a través de amparo en revisión fue resuelto a favor de la magistrada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en noviembre de 2015.
Según la resolución del juez, el Congreso local incurrió en defectos, al no dar cumplimiento a la orden federal de ratificación de la magistrada, a quien la legislatura anterior negó su evaluación y designación para un segundo periodo de ocho años en el cargo, con el argumento de que los magistrados supernumerarios (que tienen voz pero no voto en el Pleno del TSJ) no tenía ese derecho.
El fallo protector ordenó que Taboada Salgado fuese evaluada por los actuales diputados y, en caso de cumplir con los requisitos de ley y desempeño satisfactorio, le concedieran la ratificación en el cargo.
El pasado 2 de marzo, la Junta Política del Congreso puso a consideración del Pleno del Congreso, la ratificación de la magistrada, pero con seis votos a favor, 20 en contra y cero abstenciones, devolvió el dictamen a la Junta Política para una nueva valoración del caso.
La Junta Política volvió a someter a votación el dictamen a favor de la ratificación de la magistrada, y en la sesión que inició el 9 de marzo y culminó al día siguiente, 28 legisladores votaron a favor de la ratificación de Taboada Salgado. Sin embargo, el diputado presidente de la Mesa Directiva del Congreso solicitó que se realizara una segunda votación por cédula, en la que se revirtió el resultado, con seis votos a favor de la ratificación y 22 en contra.
Al advertir estos errores y defectos cometidos por el Congreso (por razones políticas y no jurídicas), el juez federal decretó incumplida la sentencia de amparo, porque su decisión no fue fundada ni motivada, y fue incongruente por que procedía la ratificación de la magistrada ante el desempeño positivo de la juzgadora y una primera votación a su favor.
Con base en estos argumentos, la justicia federal otorgó un plazo de diez días, para que el Congreso cumpla con la ejecutoría de amparo con la ratificación de la magistrada, bajo el apercibimiento de que de no cumplir con la sentencia, el caso sería remitido a un Tribunal Colegiado de Circuito dar trámite al incidente de inejecución y la solicitud de separación del cargo de los diputados y su consignación ante un juzgado federal, conforme a lo dispuesto en el artículo 258 de la Ley de Amparo.