Un apoyo de sólo 200 pesos podrán recibir las personas con discapacidad física o mental en situación vulnerable, tras entrar en vigor la Ley de Apoyo Alimentario para Personas con Discapacidad Permanente Total y en Pobreza Extrema del Estado de Morelos.
De acuerdo con el impulsor de la ley, Enrique Javier Laffitte Bretón, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD), en Morelos el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en el año 2000, registró 29 mil 545 personas con alguna discapacidad y en los últimos 15 años el número se multiplicó, situación que implicó que igual número de hogares y familias resultaron afectadas económicamente por ese hecho.
Bajo la premisa de que los artículos 1 y 4 de la Constitución prohíben la discriminación y establecen el derecho de toda persona a la alimentación suficiente y el Estado está obligado a garantizarla, el Congreso aprobó y el 11 de marzo entró en vigor la Ley de Apoyo Alimentario para Personas con Discapacidad Permanente Total y en Pobreza Extrema, con la cual los beneficiarios podrán obtener un apoyo, que consiste en una despensa integrada por productos de la canasta básica con valor equivalente a 200 pesos.
Para ser beneficiarios del apoyo se debe acreditar, con una constancia -expedida por alguna dependencia del sector salud-, que se padece una de las discapacidades enlistadas en la ley como parálisis cerebral, ceguera o Síndrome de Usher.
Así como no contar con el apoyo de otras instituciones públicas o privadas, ni ser beneficiarias de otro programa federal o estatal, y acreditar la residencia en Morelos.
En caso de que el beneficiario sea menor de edad o esté impedido para realizar la petición, la persona que ejerza sobre éste la patria potestad, guarda y custodia o tutoría, deberá solicitar, a nombre de éste, la inclusión en el programa.
Si la persona que representa al beneficiario recibe a su vez recursos de un programa social federal o estatal, no será impedimento para el otorgamiento del apoyo.
La Secretaría de Desarrollo Social destinará el 2.5% de su presupuesto total autorizado para los gastos de operación, supervisión y seguimiento del programa de apoyo.
También la ley advierte que los servidores públicos deberán abstenerse de usar el apoyo con fines partidistas o de promoción de la imagen de algún candidato o funcionario público, y todo desvío de los recursos o cualquier irregularidad derivada de la operación del programa, será sancionada en los términos de lo dispuesto por el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos, la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la Ley de Auditoría y Fiscalización Superior del Estado de Morelos o demás normativa aplicable.