La Sala Mixta radicada en el municipio de Jojutla determinó que la sentencia de 15 años de prisión deja muchas dudas porque no se acreditaron elementos esenciales como tiempo, lugar y circunstancias.
Los magistrados de la Sala del Segundo Circuito, Juan Manuel Díaz Carbajal, Juan Emilio Elizalde Figueroa y Carlos Iván Arenas Ángeles, resolvieron por unanimidad que en la sentencia se tiene que demostrar la responsabilidad penal del imputado.
El pasado 21 de septiembre, el tribunal de juzgamiento integrado por los jueces del Segundo Distrito Judicial, con sede en Jojutla, María Guadalupe Flores Servín, Adolfo González López y Javier Hernando Romero Ulloa, emitió el fallo de condena contra el hombre.
En el juicio, la FGE, a través de la Unidad Especializada de Combate al Secuestro y la Extorsión, sólo presentó la declaración del ex presidente municipal José Alfredo Ramírez como prueba, sin ninguna otra pericial o testimoniales para dar por cierta la versión del ex funcionario.
Los jueces de primera instancia fueron "dogmáticos en su resolución" (según la resolución de los magistrados), ya que no hubo claridad, ni lógica para establecer en su sentencia los elementos de tiempo, lugar y circunstancias sobre el hecho en que incurrió el ahora sentenciado.
Para el tribunal de alzada hay duda razonable sobre si realmente existió la coacción (fuerza o violencia física o psíquica que se ejerce sobre una persona para obligarla a decir o hacer algo contra su voluntad) en el hecho. Por ese motivo, se pronunció por que los jueces emitan una nueva sentencia en donde analicen cada prueba.
En la audiencia de casación, los magistrados resolvieron que el Tribunal de enjuiciamiento deberá emitir una segunda sentencia que deberá ser “fundada y motivada”.