La defensa del acusado -que se dedica a la ganadería y es vecino del estado de Guerrero- trató de convencer al juez Daniel Rodríguez Apac, en una audiencia de revisión de medidas cautelares, de que su cliente no tenía por qué estar en la cárcel, ya que el delito por el cual fue vinculado a proceso (daño en las cosas) no está contemplado dentro del catálogo de delitos que merecen prisión preventiva y que están establecidos en el Código Penal Único.
El pasado 4 de junio, el ganadero José Manuel fue vinculado a proceso por provocarle daños a la propiedad de un cliente, quien al parecer tenía una deuda con él. Una juez le aplicó prisión preventiva, no por la gravedad del delito, sino porque no tiene domicilio en Morelos.
El juez Rodríguez Apac consideró que la medida que tomó su homóloga es la correcta, porque señaló que el nuevo código penal procesal único en su artículo 168 establece que para poder gozar de la libertad es necesario que el imputado tenga arraigo en la entidad donde se sigue el juicio.
“Ojo, no hay que pasar por alto que no es lo mismo domicilio que arraigo, porque domicilio es el lugar donde se presume vive la persona y desarrolla sus actividades, y el arraigo no significa necesariamente que la persona tenga en ese lugar establecido su domicilio”, explicó el juez.
Sin embargo indicó que en el caso José Manuel, la decisión de dejarlo en prisión fue tomada porque era necesario asegurar la presencia del imputado en el juicio, y si resulta responsable, asegurar la reparación del daño, “por eso considero que la decisión es la correcta”.
Al escuchar lo anterior, el imputado bajo la cabeza, pero la levanto de inmediato al escuchar que el propio juez ofreció la solución: “Si el imputado asegura la reparación del daño entonces se puede dar la posibilidad de que abandone la cárcel”.
En la sala estaba la familia del ganadero y todos se voltearon a ver uno al otro, y fue entonces cuando el abogado particular pidió un breve receso para platicar y regresó señalando que iban a tramitar una fianza para que garantizar el daño de 150 mil pesos, que es el cálculo que realizaron los peritos en contabilidad.
_ "Su señoría. Sólo pedimos tiempo porque la fianza tarda por lo menos dos horas en tramitarse y sí estamos interesados en tener esa salida alterna.
El juez citó a las partes ese mismo viernes 26 de junio por la noche en la sala dos del tribunal, a las ocho de la noche tan solo para exhibir la fianza y entonces ordenar la inmediata salida del penal de Atlachaloaya del ganadero.