El director de Administración del Agua del OCB, José David Fonseca Cardona, informó que la inspección realizada se llevó a cabo en una acción coordinada con el ayuntamiento de Cuernavaca y la delegación de la Procuraduría de Protección al Ambiente (Profepa), cada una de las instancias atendiendo su ámbito de competencia.
En el caso de la Conagua, la colocación de sellos de suspensión de actividades se realizó por infracciones a la Ley de Aguas Nacionales, considerando que las aguas residuales ahí generadas, y que dan a la barranca “tres cruces”, ponen en riesgo inminente, daño o deterioro la salud de las personas, ecosistemas y aguas nacionales.
Durante la inspección personal del laboratorio del OCB, se tomaron las muestras correspondientes de las descargas de aguas residuales y, adicionalmente, se realizó la verificación de la ocupación de zona federal.
Al ser requerido, el propietario del predio no acreditó contar con permiso para descargas de aguas residuales ni título de concesión para la ocupación de la zona federal.
En seguimiento al acto de autoridad realizado el día de ayer, la Conagua inició un procedimiento de imposición de sanciones durante el cual se califican las acciones observadas y contenidas en las actas levantadas con el fin de determinar las sanciones que procedan, y respetando los términos de ley para que el presunto infractor acredite lo que a su derecho convenga.
El funcionario de Conagua precisó que ante el hecho de que algunos animales permanecieron en el predio, el propietario del mismo fue apercibido a retirarlos en un plazo no mayor a 30 días o de lo contrario se procederá en términos del artículo 118 de la Ley de Aguas Nacionales, es decir la clausura definitiva.