En la sesión del lunes, la ministra ponente, Olga Sánchez Cordero, presentó a los integrantes del Alto Tribunal el proyecto de resolución del conflicto de competencia 38/2012 en el que propuso que el caso fuese remitido a un juez del fuero común en Morelos, en virtud de que el coronel de infantería estaba franco el día de los hechos, es decir, que estaba vestido de civil y no tenía asignada ninguna función.
Sin embargo, la discusión del asunto fue diferida para este martes debido a que existía duda sobre un amparo promovido por el mando militar contra la declaratoria de incompetencia del Juzgado Quinto Militar.
En la sesión de ayer, la ministra Olga Sánchez Cordero detalló que el amparo no ha causado estado, pues se promovió un recurso de revisión que fue admitido por el Octavo Tribunal Colegiado y el cual se encuentra suspendido, en cumplimiento del acuerdo 6/2012 de la SCJN en el que se dispone el aplazamiento de los asuntos en los que subsiste el análisis de la competencia de los tribunales que ejercen el fuero militar en términos del artículo 13 constitucional.
De esta manera, comenzó el análisis del conflicto de competencia, derivado de que primero el Juez Quinto Militar y luego el Juzgado Quinto de Distrito del estado de Morelos se declararon incompetentes para procesar al coronel de infantería, Guadalupe Arias Agredano, a quien se le imputa el delito de encubrimiento al haber presuntamente ordenado a dos oficiales militares –acusados del homicidio de Jethro- de inhumar clandestinamente el cuerpo del joven.
En su intervención de ayer, algunos ministros durante sus intervenciones consideraron necesario delimitar sobre si Arias Agredano actuó en su carácter de militar o no, dado que se encontraba supuestamente franco el día del homicidio.
El ministro Fernando Franco González, consideró que el caso es competencia de los tribunales ordinarios en virtud de que la víctima fue un civil y, aun cuando el coronel adujo estar franco (en descanso) el día de los hechos, un informe oficial sostiene que en la fecha de los actos no tenía un servicio específico y desempeñaba sólo actividades administrativas, consecuentemente sí actuó en su carácter de militar al dar una instrucción a subordinados.
No obstante, se pronunció porque la competencia debe ser asumida por un juzgado federal y no por uno del fuero común.
Por su parte, el ministro Ramón Cossío Díaz, coincidió en que la calidad de Arias Agredano “es de militar activo, independientemente de que el día de los hechos estuviera franco, pero era un sujeto activo, es un mando que se encontraba en territorio militar”, pareciera que el ilícito es de jurisdicción castrense.
Sin embargo, siendo la víctima un civil “actualiza el supuesto para que sea la justicia ordinaria la que instruya y sentencie el proceso respectivo” atendiendo la sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.
Es decir, indicó el ministro Cossío, el Alto Tribunal debe desaplicar el artículo 57 del Código de Justicia Militar y aplicar los artículos constitucionales y los criterios vinculantes de los tribunales internacionales, en particular el parámetro 274 de la sentencia de la CIDH en el caso Rosendo Radilla en contra el Estado Mexicano.
Con base en ello, sostuvo que debe discutirse si la competencia es de un juzgado federal o un juzgado local de Morelos.
El ministro Luis María Aguilar coincidió con sus homólogos y sostuvo que otro tema que deberá ser discutido por el Pleno, es si la tipificación del delito podrá realizarse con base en la legislación penal civil o si se tendrá que recurrir al Código de Justicia Penal.
De igual forma, el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia manifestó su preocupación sobre la tipificación de los delitos cometidos por militares en contra de civiles.
Y es que explicó, en el caso Jethro, al coronel Arias Agredano se le imputa el delito de violencia contra las personas –según establece el Código Militar- y en este caso, el juez militar debió estimar que derivado de este delito de violencia, resultaron otros de mayor gravedad (el homicidio calificado) que estaban fuera de su conocimiento jurisdiccional y que son sancionables por la justicia civil, lo cual a su vez implicaría una reclasificación de delito.
Será en la sesión del jueves cuando los integrantes del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación continúen con la discusión del conflicto de competencia, que precede a 28 casos más en los que militares están implicados en crímenes contra civiles y se determinará si deben ser juzgados por tribunales ordinarios o castrenses.
El pasado 1 de mayo de 2011, Jethro Ramsés Sánchez Santana y Horacio Cervantes Demesa fueron detenidos por la policía municipal, tras una riña en el área de alimentos de la Feria de Cuernavaca.
Según la declaración ministerial del comandante Manrique González Acosta, subdirector de las Fuerzas Especiales de la Secretaría de Protección y Auxilio Ciudadano, Jethro habría amenazado con matar a mandos policíacos si no le llevaban a los meseros de la taquería con los que sus amigos y él habrían tenido el altercado.
De acuerdo con el jefe policíaco, detuvo al joven sin resistencia alguna y admitió que nunca investigó cuál fue el motivo de la riña. Entonces, Jethro fue conducido a la parte exterior del palenque y luego entregado, junto con su amigo Horacio, a la Policía Federal y esta a su vez, al grupo de militares del 21 Batallón. Horacio fue torturado y liberado, pero Jethro murió dentro de las instalaciones de la 24 Zona Militar y su cuerpo fue inhumando clandestinamente en un paraje de Atlixco, Puebla.
Ante el escándalo desatado, la Procuraduría Militar detuvo el 30 de junio de 2011 a los oficiales José Guadalupe Orizaga y Guerra, y Edwin Raziel Aguilar Guerrero. Posteriormente, el coronel Guadalupe Arias Agredano, fue detenido debido a que es señalado como quien ordenó la inhumación clandestina del cuerpo del joven.
Actualmente, los oficiales están sujetos a proceso por parte del Juzgado Segundo de Distrito con sede en Cuernavaca, aunque siguen recluidos en una cárcel militar porque gozan de una suspensión federal. Mientras, la situación de Guadalupe Arias Agredano, será definida por la Corte, es decir, sobre qué autoridad será encargada de procesarlo y determinar su responsabilidad o no en el caso Jethro.