Con base en la legislación universitaria, el acuerdo tomado por el Consejo Universitario establece en el artículo primero que los reconocimientos medalla Doctor Adolfo Menéndez Samará, Diploma al Mérito Universitario, Nombramientos de Profesor Extraordinario, Medalla Bernabé L. de Elías, Diploma al Mérito a la Ciencia y el Arte, Diploma al Mérito Deportivo, contemplados en el Reglamento de Reconocimiento al Mérito Universitario, serán otorgados a los galardonados previo al desahogo de los trámites correspondientes, en sesión solemne y pública del Consejo Universitario que deberá celebrarse el 22 de noviembre de cada año para conmemorar el otorgamiento de la autonomía universitaria de la UAEM.
Se agrega que no excluye la posibilidad de que en la sesión solemne referida se puedan otorgar las distinciones de Doctorado Honoris Causa y de Profesor Emérito contemplados en la legislatura universitaria.
El secretario del Consejo Universitario llevará el registro en libros con los datos de las personas condecoradas con los reconocimientos y distinciones que otorga la autoridad universitaria en términos de la reglamentación vigente, señala el artículo segundo del acuerdo y en el tercero se establece la vigencia, la cual será al día hábil siguiente de su publicación en el órgano informativo universitario “Adolfo Menéndez Samará”.