Entre los puntos del dictamen que la comisión de legislación universitaria del máximo órgano de autoridad colegiada presentaría para su aprobación, destacan las modificaciones que tienen que ver con el artículo 3 respecto de la fracción IV que habla del periodo lectivo, así como la fracción VI respecto del sinodal.
Otro punto modificado es en el artículo 5 respecto de los casos no previstos en el reglamento analizado. En el artículo 6 de las disposiciones complementarias en materia de exámenes, en ambos artículos, se adiciona que corresponde al Consejo Técnico de cada unidad académica, al secretario académico y director de servicios escolares tener opinión y dictaminar las situaciones conducentes.
En cuanto al artículo 9 respecto de la escala de calificaciones, la comisión de legislación modificó el párrafo segundo para quedar de la siguiente forma: “…En caso de que al promediar diversas calificaciones para obtener una calificación semestral o final, resulten fracciones de 0.5 (punto cinco) en adelante, se pondrá el número entero inmediato, si la calificación es aprobatoria. La calificación mínima aprobatoria es de 6.0 (seis punto cero). Con excepción de aquellos exámenes donde exista calificación mínima aprobatoria…”
En el artículo 12 de los tipos de exámenes, la comisión del Consejo Universitario adicionó que puede haber cualquier otra modalidad de examen que apruebe el Consejo Técnico de la unidad académica y no reducir los exámenes escritos u orales.
Cabe señalar que el proyecto reglamentario analizado por la comisión de legislación del Consejo Universitario consta de 49 artículos ordinarios y 5 artículos transitorios. Su estructura se compone de dos títulos: el primero se denomina “Disposiciones Generales” y se integra por un capítulo único en el que se desarrolla lo relativo al ámbito de la validez y aplicación del reglamento, se incluye un glosario de términos, se determina en forma expresa a las autoridades universitarias competentes en materia de exámenes, se incluye una escala de calificaciones y otras disposiciones de índole general.
En el título segundo, denominado “De los tipos de exámenes”, se consideran siete capítulos: exámenes ordinarios, exámenes extraordinarios, exámenes a título de suficiencia, exámenes de calidad, exámenes de derecho de pasante, exámenes departamentales así como exámenes contemplados en el Reglamento General de Educación Media Superior.
No obstante la revisión de parte de la comisión de legislación del Consejo Universitario, en la sesión del pasado 30 de junio se determinó hacer una revisión con mayor detenimiento luego de que algunos directores de unidades académicas consideraron que había temas no suficientemente discutidos.