Ejecutivo y Congreso del estado deben explicar cambios al Presupuesto 2019 con mayoría calificada de 13 votos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la acción de inconstitucionalidad promovida por el grupo de siete diputadas inconformes con la reciente modificación realizada por el Congreso al presupuesto estatal de egresos 2019, con la finalidad de cumplir urgentemente con un bloque de sentencias emitidas por el tribunal constitucional, relacionadas con el pago de pensiones de trabajadores jubilados del Poder Judicial.
Si bien la Corte admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad 135/2019, rechazó conceder la suspensión solicitada por las diputadas Tania Valentina Rodríguez, Keila Figueroa Evaristo, Blanca Nieves Sánchez Arano, Naida Díaz Roca, Maricela Jiménez Armendáriz, Rosalinda Rodríguez Tinoco y Erika García Zaragoza.
“Por su parte, en relación con el incidente de suspensión solicitado por las promoventes, no ha lugar a proveer de conformidad, dado que dicha medida cautelar, por regla general, no se prevé para este medio de control constitucional y, en el caso, no se actualiza ningún supuesto de excepción a tal regla de acuerdo a los precedentes de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación”, estableció el acuerdo emitido por el ministro instructor, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
En consecuencia, fueron emplazados como demandados los poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado de Morelos, en calidad de autoridades emisora y promulgadora de la norma controvertida, para que rindan su informe dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación de este proveído.
La polémica planteada en la acción de inconstitucionalidad por el grupo de diputadas denominado “G7”, es que la modificación presupuestal fue aprobada sólo con 13 de 20 votos y que no se cumplió el supuesto de la mayoría calificada que establece la Constitución.
Para las diputadas disidentes, quienes votaron en contra los cambios al presupuesto, se requerían 14. Por lo pronto, al admitir el recurso, la SCJN requirió a las autoridades señaladas como responsables para rendir sus informes.