Los derechos de Antonio Villalobos Adán, como autoridad municipal electa de Cuernavaca, se encuentran salvaguardados, de acuerdo a la respectiva sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En torno a la polémica sobre si es válida o no la toma de protesta de Villalobos Adán como presidente municipal de Cuernavaca, aún cuando fue validado como suplente, los derechos del candidato electo están salvaguardados con base en la resolución de la sala superior del TEPJF, que confirmó el acuerdo del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) en el que se cancelaba el registro del candidato propietario y con ello dicho órgano jurisdiccional argumenta que quedan salvaguardados los derechos de toda la planilla, incluido el del suplente.
Y es que Villalobos Adán convocó a su acto de toma de protesta como alcalde capitalino, este domingo a mediodía, en el Museo de la Ciudad; sin embargo, surgieron versiones en torno a que por ser suplente debe tomar protesta posteriormente.
Lo anterior, toda vez que el Artículo 22 de la Ley Orgánica Municipal señala que: "cuando uno o más miembros del Ayuntamiento entrante no se presentaren al acto de protesta sin acreditar justa causa para ello, el presidente o cualquiera de los miembros presentes exhortarán con carácter urgente a los miembros propietarios electos para que se presenten un término de tres días como máximo y si estos no lo hicieren así, se llamará a los suplentes los que definitivamente sustituirán a los propietarios. En el caso de que los suplentes no asuman el cargo, el Congreso del Estado resolverá lo que proceda conforme a derecho".
El propio candidato dio a conocer un documento, emitido por el Impepac, en el cual el órgano electoral entrega la constancia como alcalde electo del municipio de Cuernavaca, con fecha seis de julio.
(Este texto fue modificado el 30 de diciembre de 2018)