Política
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Magistrados del TSJ pueden continuar su proceso pero sin ejecutar el fallo

Tras promover la controversia constitucional 251/2016, derivado de la aprobación del Congreso del juicio político contra el edil, el máximo tribunal del país determinó conceder la suspensión para evitar que se ejecute cualquier acto legal que prive a Blanco Bravo de sus atribuciones como servidor público y cabeza del Ayuntamiento de Cuernavaca.

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 De esta manera fueron emplazados por la SCJN como autoridades demandadas los Poderes Legislativo y Judicial, a quienes se les requirió los respectivos informes.

Debido a la naturaleza del caso Cuauhtémoc Blanco, la Comisión de Receso de la SCJN (debido a que también la justicia federal se encuentra en periodo vacacional decembrino) determinó que se habilitan los días que se requieran para llevar a cabo la notificación del acuerdo por el cual se admitió la controversia y emitió la suspensión, cuyo efecto es únicamente para que el Pleno del TSJ, erigido en jurado de sentencia, no pueda ejecutar un posible fallo condenatorio.

Esto significa que la Comisión Instructora del TSJ podrá desahogar las distintas fases para la elaboración de su proyecto de sentencia y el Pleno emitir su veredicto sobre las acusaciones que pesan contra el ex futbolista, como haber presuntamente mentido para obtener su residencia y postularse como candidato a edil, ausentarse del municipio, no cumplir con sus responsabilidades y violar los procesos legales para que la comuna recibiera donaciones de empresas.

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Maciel Calvo

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