A través de un comunicado, informó que los jueces actúan con independencia y autonomía, y así ha sido en el caso de la juez de Control, Juicio Oral y de Ejecución de Sentencia del Tercer Distrito Judicial que conoce de la causa penal número JCC/534/16 y que recientemente decretó la vinculación a proceso en contra de Iván “N”, Carlos Daniel “N” y Luis Alejandro “N”.
Cuevas López afirmó que la reciente resolución en el caso fue emitida por la juzgadora conforme al artículo 19 de la Constitución y al artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y con base en los elementos de prueba presentados por la Fiscalía General del Estado (FGE), que fueron “suficientes, razonables y eficaces” para acreditar la supuesta responsabilidad de los imputados en el homicidio calificado de los adolescentes.
Indicó que en la audiencia de vinculación a proceso, el abogado defensor de los imputados desahogó diversos medios de prueba, como la declaración de un testigo y dos peritos, uno en materia de antropología forense, y otro en informática, pero ninguno de ellos desvirtuó los elementos de la FGE.
Insistió en que los jueces orales gozan de autonomía e independencia para emitir sus resoluciones, la cuales deben ser apegadas a ley y con transparencia en cada uno de los juicios.