Cuernavaca, Morelos.- El Poder Judicial de la Federación asestó un nuevo golpe al Congreso de Morelos, luego de que un tribunal colegiado concedió la protección de la justicia federal a la exmagistrada del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) Virginia Popoca González, para que pueda obtener una pensión vitalicia y contra la reforma legislativa que fijó el tope del haber de retiro para los magistrados del Poder Judicial.
Por unanimidad, los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito, Alejandro Roldán Velázquez, Ana Luisa Mendoza Vázquez y Guillermo del Castillo Vélez, concedieron el amparo a la exmagistrada.
En un primer momento un juez de distrito resolvió sobreseer y negar el amparo, pero en el juicio de revisión administrativa 257/2016 no sólo fue revocado el primer fallo, sino que el tribunal colegiado determinó conceder la razón a la quejosa.
Popoca González argumentó que al momento de ser designada magistrada en mayo de 2000, la ley contemplaba que los magistrados podían, al momento de concluir su encargo, acceder a una pensión vitalicia, y si bien en el momento en que cumplió el periodo de 14 años en el encargo se había fijado un haber por retiro, éste no había sido reglamentado por el Congreso.
En su resolución, el tribunal colegiado destacó que el Congreso fue omiso en su obligación de reglamentar el haber de retiro, pues no sólo excedió el plazo de 60 días fijado en los artículos transitorios de la reforma constitucional del 16 de julio de 2008 para concretar la regulación, sino fue casi siete años después, es decir, hasta el 22 de abril de 2015, cuando se publicó la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial, para establecer que los magistrados tendrían derecho a un haber de retiro de tres meses de salario adicionados con un mes por cada dos años de ejercicio de la magistratura.
Consideró que la omisión legislativa es violatoria de los derechos humanos de Popoca González, ya que al momento de concluir su encargo en mayo de 2014, existía una laguna jurídica y “siendo la única norma existente, las disposiciones constitucionales de la reforma del 16 de julio del 2008, en la que se disponía expresamente que los magistrados numerarios que hubieren prestado sus servicios por más de 15 años tendrían derecho al haber de retiro o a una pensión; por lo que, se concluye que a partir de esa fecha ya había entrado o adquirido el derecho a optar por el haber de retiro o la pensión”.
Otros de los argumentos expuestos por la quejosa y considerados por el órgano federal, es que el 15 de octubre de 2008 se publicó el decreto 938 en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, en el que se estableció la pensión vitalicia por retiro voluntario de los magistrados del TSJ, calculada conforme a todos los emolumentos que percibía un magistrado en activo.
Los principales beneficiarios de este decreto fueron los otrora magistrados Leticia Robles Santoyo, Jesús Guadalupe Dávila Hernández, Ramón García Jácome, Juan Manuel Díaz Popoca y Samuel Sotelo Salgado, quien fue recientemente nombrado secretario del Ayuntamiento de Cuernavaca.
Además, previo a la terminación de su encargo, Popoca González solicitó al Congreso obtener los beneficios de la pensión vitalicia, sin que su petición fuera atendida, violando así su derecho a la igualdad jurídica.
Por tal razón, el tribunal colegiado determinó conceder el amparo a la exmagistrada y ordenó el otorgamiento de la pensión vitalicia, en términos del decreto 938.
Los actuales magistrados del TSJ también promovieron amparos contra la reforma legislativa que fijó un tope al haber de retiro, pero todavía se encuentran en curso en los juzgados y tribunales federales.