Se trata de la iniciativa que envió el gobernador Graco Ramírez desde noviembre del 2014 y que estuvo en la "congeladora", ante la negativa de fuerzas políticas como el Partido Acción Nacional (PAN) y el Revolucionario Institucional (PRI) para que se aprobara.
Hasta la tarde de ayer, el diputado perredista Javier Montes Rosales buscó generar los acuerdos necesarios para que la propuesta se apruebe hoy mismo por el Pleno. Incluso, será hasta esta mañana cuando los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación voten en sentido positivo el dictamen de la reforma constitucional, para turnarla al Pleno.
De acuerdo al dictamen que sería aprobado hoy, la reforma al artículo 40 de la Constitución Política del Estado de Morelos establecería las normas por las cuales se podrían crear comunidades indígenas en municipios.
Dicha regulación establecería lo siguiente: "Que el Ayuntamiento del Municipio que se trata de desmembrar rinda un informe sobre la conveniencia o inconveniencia de la erección de la nueva entidad municipal; quedando obligado a dar un informe dentro de los 30 días siguientes a aquél en que le fuere pedido; si transcurriese el plazo fijado sin que el Ayuntamiento rinda el informe requerido, se entenderá que no existe observación contraria a la creación pretendida", señala el inciso D del artículo 40 constitucional.
En tanto, el inciso E del mismo artículo establecería un plazo de 30 días para que el Poder Ejecutivo envíe un informe en el que explique de la conveniencia de crear municipios.
"Para la creación de municipios conformados por pueblos o comunidades indígenas, se aplicarán criterios etnolingüisticos y de asentamiento físico, que acrediten que las comunidades indígenas que se pretenda integrar mediante el reconocimiento como municipio, conformen una unidad política, social, económica y cultural asentada en un territorio determinado...", señala el inciso F del artículo 40 constitucional a reformarse.
Tras darse la erección de las nuevas entidades municipales, la reforma constitucional establece que se deberá instituir un Consejo Municipal, que funja como ayuntamiento, hasta en tanto se lleven a cabo las elecciones ordinarias, que se desarrollarán de acuerdo a los usos y costumbres de las comunidades indígenas.
Posteriormente, se tendría que modificar la Ley Orgánica Municipal, que establecería la regulación de cómo habrán de desarrollarse los nuevos municipios, tanto social como política y económicamente.
Estos últimos puntos fueron los que motivaron que la reforma constitucional no se aprobara desde mayo pasado, pues diputados del PAN afirmaron que no existía claridad en el cumplimiento de todos los requisitos legales para crear los cuatro nuevos municipios.
Cabe mencionar que actualmente, Tetelcingo es una comunidad de Cuautla, Hueyapan, de Tetela del Volcán; Xoxocotla pertenece a Puente de Ixtla y Coatetelco a Miacatlán.