Cuernavaca, Morelos.- El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación en el Congreso del estado, el diputado Enrique Laffitte Bretón, afirmó que la revocación de mandato, así como la creación de un Consejo de Participación Ciudadana, son figuras inconstitucionales, por lo que se determinó eliminarlas de la Constitución Política del Estado.
Luego de que los diputados locales aprobaron, en sesión ordinaria del pasado miércoles, la reforma en materia de participación ciudadana que rasuró de la constitución la revocación de mandato y el consejo ciudadano, órgano que haría valer los mecanismos de participación, el diputado local refirió que se trató de una armonización de la legislación local con la federal, a raíz de la reforma electoral aprobada en el 2014.
Explicó que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no contempla la revocación de mandato, mientras que la organización y el desarrollo de las figuras de participación ciudadana, enmarcadas en la Carta Magna, son facultades de los órganos locales electorales, en el caso de Morelos del Instituto de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac).
Laffitte Bretón rechazó que las modificaciones a diversas disposiciones de la Constitución Política, se hayan hecho "a modo" del gobernador Graco Ramírez.
"Estamos en apego a la Constitución en su artículo 41, no estamos haciendo cosas a modo, de modo que pienses que la Constitución de la República Mexicana está hecha a modo", manifestó el legislador local.
Por lo anterior, insistió, es que la comisión que preside determinó desechar la iniciativa de reforma constitucional en materia de participación ciudadana que presentó, en febrero pasado, el diputado Edwin Brito Brito, en respuesta a las demandas de las autoridades de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), que realizaron un plantón en el zócalo de Cuernavaca.
"El diputado Edwin proponía un consejo ciudadano que estuviera incrustado en el Impepac y también dejaba la figura de revocación de mandato. El artículo 41 de la Constitución Política de la República Mexicana dice con toda claridad que los órganos encargados de las consultas deben ser los órganos que manejan el tema electoral en cada uno de los estados", añadió.