Hace unos días la SCJN admitió la controversia constitucional 38/2016 promovida por el Ayuntamiento de Xochitepec contra la reciente resolución del Tribunal Estatal Electoral (TEE), que ordenó al actual alcalde, Alberto Sánchez Ortega, y al tesorero, pagar 120 mil pesos al ex síndico municipal, Cuauhtémoc Mazziny Núñez Valencia, por concepto de nivelación salarial.
De acuerdo con la resolución del juicio para la protección de los derechos político electorales TEE/JDC/431/2015-1, Núñez Valencia explicó que en el 2014 los integrantes del Cabildo aprobaron aumentarse los salarios para quedar en: 60 mil pesos mensuales para el otrora alcalde, Rodolfo Tapia López; 55 mil para el síndico municipal; y 52 mil para los regidores.
Pero para el 2015, último año del trienio, los integrantes del Cabildo decidieron aprobarse un jugoso aumento salarial. El sueldo del edil subió a 72 mil pesos (12 mil pesos más), que significó un alza de 20 por ciento; el de los cinco regidores aumentó también a 72 mil pesos mensuales (20 mil pesos más) que equivalió a un incremento de casi el 40 por ciento; mientras que el síndico recibió un aumento de siete mil pesos, para quedar sus emolumentos en 62 mil pesos mensuales.
Al quedar rezagado en el monto de sus percepciones, el síndico municipal reclamó el mismo trato económico por tener los mismos derechos que el resto de los miembros del Cabildo y exigió que su sueldo fuera homologado al de los regidores.
El aumento de salarios que se autorizaron para el 2015 los otrora integrantes del Cabildo significó una erogación adicional para el Ayuntamiento de Xochitepec de 1 millón 428 mil pesos.
Al no conseguir su propósito, Núñez Valencia promovió un juicio ante el TEE, quien finalmente falló a su favor y ordenó a la actual administración pagarle 120 mil pesos para cubrir la diferencia salarial reclamada.
Inconforme con la sentencia del TEE, el ayuntamiento promovió la controversia constitucional y la SCJN le concedió la suspensión para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran, que significa que la comuna no está obligada a hacer el pago hasta que el máximo tribunal resuelva el recurso.