En cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Morelos, la dependencia estatal a cargo de Topiltzin Contreras Macbeath publicó hace unos días en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” la solicitud realizada por un consorcio (cuya razón social se omitió en el documento) para la edificación de una mega-plaza y un conjunto residencial.
El proyecto denominado “Plaza Outlet” consta de un hotel, bodegas, estacionamiento público y 104 departamentos en condominio, y pretende edificarse en las calles Ficus y Nayarit de la colonia Flores Magón.
La solicitud de manifestación debe ser analizada en el seno del Comité Técnico de Impacto Ambiental y posteriormente emitir un resolutivo conforme al artículo 60 y 66 del Reglamento de la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Morelos.
Para ello, la ley obliga a la SDS a hacer pública la solicitud para efecto de que los ciudadanos o habitantes de las colonias y comunidades que podrían ser afectadas puedan emitir observaciones o propuestas de prevención y mitigación ambiental.
“Por lo tanto, se informa que cualquier ciudadano de la comunidad en que pretende desarrollarse el proyecto podrá solicitar a la Secretaría de Desarrollo Sustentable dentro del plazo a que se refiere la fracción II del artículo 55, del Reglamento de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Morelos en Materia de Evaluación del Impacto y Riesgo Ambiental, ponga a disposición del público la manifestación de impacto ambiental, para que en relación con la misma puedan proponer dentro del plazo legal el establecimiento de medidas de prevención y mitigación, así como las observaciones que consideren pertinentes, las cuales se agregarán al expediente”, detalla el documento.
Según el reglamento, cualquier ciudadano de la comunidad dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del extracto del proyecto, podrá solicitar a la SDS que ponga a disposición del público la manifestación de impacto ambiental.
Una vez que sea puesto al público, dentro de los 20 días posteriores cualquier interesado podrá proponer el establecimiento de medidas de prevención y mitigación, así como las observaciones que considere pertinentes, las cuales se agregarán al expediente.
Las observaciones y propuestas deberán formularse por escrito y contendrán el nombre completo de la persona física o moral que las hubiese presentado y su domicilio.