En la sesión del pasado jueves, la sala resolvió los juicios de revisión constitucional SDF-JRC-299/2015 y SDF-JRC-311/2015 promovidos por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Regeneración Nacional (Morena), en los que controvirtieron los resultados de la elección municipal y la entrega de la constancia de mayoría entregada a la fórmula encabezada por Mota Ocampo.
Ambos partidos alegaron que hubo rebase de topes de campaña y diversas irregularidades durante la jornada electoral municipal, así como en la recepción de votos en las casillas y el cómputo de los resultados.
Sin embargo, el Tribunal Electoral federal determinó que no fueron acreditados los agravios expuestos por los partidos y por lo tanto fueron declarados infundados. “Una vez realizado el análisis al respecto, se consideran inoperantes los agravios, pues el PRI se constriñe a sostener que existieron diversas irregularidades de los diversos candidatos postulados por el PRD, de los funcionarios de casilla, así como del consejo municipal sin haber aportado las pruebas que sustenten sus dichos, sin haber especificado en qué casillas se llevaron tales irregularidades y determinar las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron, y a la postre sin acreditar cómo tales actos impactaron en la elección”, dice parte de la sentencia.
Bajo esta premisa, por unanimidad de votos el Pleno de la Sala Regional confirmó la sentencia del Tribunal Estatal Electoral por la cual se confirma el cómputo y los resultados de la elección municipal de Temixco, así como la declaratoria de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría otorgada a Gisela Mota como alcaldesa electa.