Sin embargo, una de las empleadas de la cadena comercial logró identificar a los tres detenidos a través de la Cámara de Gesell (un cuarto con vidrios que no permiten ver al exterior), como aquellos que el pasado 3 de agosto llegaron la tienda en el poblado de Xoxocotla, municipio de Puente de Ixtla, y la amenazaron con privarla de su vida si oponía resistencia.
Según la formulación de imputación que realizó la FGE, eran tres los sujetos que cometieron el robo, llevándose consigo más de 12 mil pesos en dinero en efectivo y artículos.
Los hombres no fueron detenidos en ese momento, pese a que se denunció de inmediato el robo al cuerpo de policía, sin embargo el ministerio público continuó con la investigación, logrando obtener las órdenes de aprehensión correspondientes.
El pasado martes por la mañana se llevó a cabo la audiencia de vinculación a proceso, pero el juez ordenó la libertad de los tres detenidos, Jesús, Osvaldo y Jonatán, al considerar que tenía dudas su participación.
Y es que según el juzgador Daniel Rodríguez Apac, la FGE no anexó fotografías de los imputados al expediente, señalando que eso le dejaba duda porque no se informaba cómo fue que estas personas fueron reconocidas para que otro juez pudiera dar las órdenes de aprehensión.
“Si se reconocen en la confronta en la Cámara de Gesell, pero antes, ¿cómo sabían que fueron ellos?”, dijo el juzgador.
Sin embargo, el ministerio público no estuvo de acuerdo con la determinación del juez, argumentando que se cumplieron con todas las características que exige el artículo 277 del Código Procesal Penal Único, que señala cómo tiene que ser reconocido una persona responsable de cometer un ilícito.
“Los hombres (detenidos) estuvieron asistidos por sus abogados y se cumplió con todo el protocolo, además de que fueron reconocidos plenamente por la víctima”, externó el fiscal del caso.
La liberación de estos tres detenidos provocó polémica, porque el juez indicó que tenía dudas sobre su participación, pero la autoridad insiste que éstos fueron identificados por la empleada del supermercado.
Y es que por la naturaleza del delito, cuya penalidad es superior a seis años, en caso de haber sido vinculados a proceso los detenidos tendrían que haber quedado en prisión preventiva hasta desahogar el juicio oral.