El Sindicato de Trabajadores del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) decidió posponer la huelga que estaba programada para el primer minuto de hoy, 30 de junio, hasta el próximo 25 de septiembre, ante la negativa de la parte patronal a sentarse a dialogar y anunció que iniciará una denuncia ante la Secretaría de la Función Pública en contra del director, Felipe Ignacio Arreguín Cortés, "por violentar la Constitución".
El secretario general de la organización sindical del instituto de investigación más importante en la materia en México, Rafael Espinosa Méndez, informó que este lunes se logró que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje se pronunciara y se pospusiera el inicio de la huelga para evitar lo que en el argot laboral se conoce como "una huelga local-patronal".
De tal manera que se estableció oficialmente que el estallido se difiere para el 25 de septiembre y se fijó como fecha para la audiencia de conciliación el 28 de agosto, a las 10 horas.
"La parte patronal quería obligarnos a la llamada huelga local-patronal, donde el patrón quiere que los trabajadores se vayan al estallamiento (sic), con el objetivo de luego declararla inexistente, para que después venga la represión, los despidos, hostigamiento… que le dé miedo a los trabajadores, que el sindicato se adelgace y anular la organización. A final de cuenta, lo que pretende es no firmar el Contrato Colectivo de Trabajo", explicó el líder de los trabajadores.
Espinosa Méndez expuso que el IMTA no logró ese propósito porque ante la Junta de Conciliación se demostró que el sindicato tiene buena disposición y finalmente se pronunció para que sigan las reuniones de conciliación.
Ante esta estrategia, informó que en asamblea se definirán los siguientes pasos a seguir, pero adelantó que el sindicato va a denunciar al director del IMTA, porque argumenta que no tiene facultades de firmar un contrato colectivo de trabajo, con lo que –asegura– está violando el artículo 387 de la Ley Federal del Trabajo y la Constitución en el artículo 123, apartado A, fracción 15, inciso D, subinciso uno. Además, sostuvo, viola el derecho de los trabajadores a organizarse consagrado en el artículo 87 de la Organización Internacional del Trabajo.
Mencionó que ya se está elaborando la documentación respectiva para la denuncia, pues en la dirección del IMTA se requiere "una persona con capacidad de negociar, no que provoque desestabilización y represión a los trabajadores".
Como se ha informado oportunamente, el sindicato demanda la firma del contrato colectivo de trabajo y aumento salarial, ya que no ha tenido ajuste alguno desde hace 13 años.