Tras analizar sendos procesos especiales sancionadores promovidos por partidos competidores en las elecciones municipales, por unanimidad el Pleno del TEE determinó declararse incompetente y turnar al Impepac los expedientes en los que se acusa a los candidatos Cuauhtémoc Blanco Bravo, José Manuel Agüero, Jacqueline García Vargas, Andrés Huicochea y José Evaristo Silva Bandala de presionar al electorado con la repartición de agua y objetos que además, no están elaborados con materiales ecológicos o biodegradables.
Al candidato del Partido Socialdemócrata (PSD) a la alcaldía de Cuernavaca, Cuauhtémoc Blanco, se le acusa de intentar coaccionar el voto con la distribución de balones y agua a través de las “Temopipas”; al candidato del Partido de la Revolución Democrática (PRD) por la alcaldía de Jiutepec, José Manuel Agüero, se le acusa crear las “casas amigas” y pedir a los “afiliados” una copia de su credencial de elector a cambio de despensas semanales y al “coordinador”, 500 pesos hasta el día de la jornada electoral.
A los candidatos del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) a la presidencia municipal de Temixco, Andrés Huicochea, y José Evaristo Silva Bandala, respectivamente, se les acusa de distribuir juguetes y máscaras de luchador, mientras que a Jacqueline García Vargas, también candidata a la alcaldía temixquense por el Partido del Trabajo (PT), se le acusa de repartir entradas al cine. En los tres casos, se impugnó el uso de materiales no biodegradables y presiones a los electores.
El presidente magistrado del TEE, Hertino Avilés Albavera, explicó que el tribunal es competente para conocer y resolver los procesos especiales sancionadores, cuyo propósito es determinar sobre la licitud del contenido y colocación de la propaganda electoral mediante procesos cortos y ágiles de investigación.
Sin embargo, dijo, en estos casos en que se presume coacción y presión del voto, la vía adecuada es el proceso ordinario sancionador a cargo del Impepac, cuya autoridad es competente para llevar a cabo procesos de investigación profundos que permitan determinar, por ejemplo, si los materiales utilizados son o no biodegradables o si los candidatos han incurrido en actos fuera de la ley tendientes a imponer el voto a su favor.
“En el ordinario sancionador tiene más tiempo de investigación y hay más apertura probatoria, y a partir de ello hay una primera resolución del Consejo Estatal Electoral. En ese orden de ideas, estimamos que una denuncia de esas características merece una mayor investigación, y a partir de ello nosotros nos decantamos en la idea de que sea un ordinario sancionador y no vía espacial sancionadora”, dijo y señaló que al turnar los expediente al Impepac, será esta autoridad administrativa quien determine sobre si hubo o no violaciones a la legislación electoral por parte de los candidatos en cuestión.