Durante la cuadragésima octava sesión de pleno, el TEEM resolvió 15 acuerdos plenarios y juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, promovidos por quienes fueron contendientes a una diputación uninominal y plurinominal, así como a las alcaldías y sindicaturas por varios municipios.
Entre las resoluciones, destaca la confirmación del TEEM del acuerdo IMPEPAC/CME/CURE/05/2015 del 30 marzo, por el cual el Consejo Municipal de Cuernavaca declaró la inelegibilidad de Patricia Bedolla Zamora como candidata a la sindicatura de Cuernavaca por Morena, porque ella laboró para el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) del 20 de octubre del 19 diciembre del 2014.
También revocó el registro de Lilian García Díaz y Andrea Díaz Meza como candidata propietaria y suplente por el Partido Humanista a la diputación local por el Distrito II correspondiente a Cuernavaca Oriente; y ordenó el registro de Michel Fabiola Coranguez Capistrán y de Silvia Díaz como propietaria y suplente, previa revisión de la documentación y cumplimientos de los requisitos legales.
La determinación obedeció a que Michel Fabiola Coranguez Capistrán y Silvia Díaz fueron designadas candidatas durante el proceso interno del Partido Humanista, no así Lilian García Díaz y Andrea Díaz Meza.
Respecto a los juicios para la protección de los derechos político electorales promovidos por David Tacuba, Araceli Hipólito Álvarez, Elda Selene Figueroa Evaristo, Blanca Leticia Linares Delgadillo, José Zavaleta Delgado, Crispín Pineda Villanueva, Norma Angélica Montoya Luna y Juanita Sámano Vargas y Luis Felipe Soto Morales, aspirantes a diversas alcaldías, sindicaturas y diputaciones, el TEEM declaró infundadas e inoperantes sus reclamaciones.