Everardo y Óscar “N”, uno jardinero y el otro albañil, fueron detenidos el pasado miércoles al media día en posesión de 17 bolsitas de plástico que contenían dosis de heroína, pero el problema es que los agentes revisaron la camioneta, propiedad del segundo, sin que estos hayan sido sorprendidos cometiendo un delito.
De acuerdo a los datos que obran en la carpeta de investigación, los agentes Francisco Ramírez Ortiz y Gildardo Gómez, realizaban un recorrido de vigilancia cuando se percataron que dos sujetos estaban acostados en el piso ingiriendo bebidas alcohólicas al costado de una camioneta Ford color blanco, cuya puerta del lado del chofer estaba abierta y los hoy liberados estaban a un costado de un precipicio que va a dar a la carretera federal Cuernavaca-Cuautla, conocida también como “El Cañón de Lobos”.
Los policías en su informe aseguran que les hicieron saber a los dos hombres que incurrían en una falta administrativa, y que serían conducidos con un juez Cívico.
Lo que ayudó a los dos detenidos es que uno de los policías procedió a revisar la camioneta, sin tener que hacerlo, pues la juez consideró que al no ser sorprendidos en la flagrancia de un delito, entonces no tenían porqué revisar el vehículo ya que ello significa un acto de molestia.
Los abogados de los detenidos alegaron que la Constitución General de la República señala que nadie puede ser molestado en su persona, posesiones o propiedades, sino en virtud de un mandamiento judicial que funde el acto de molestia.
“La obligación de los policías era haberlos amonestado primero, llamarles la atención y pedirles que se retiraran, si no lo hacían entonces sí presentarlos ante un juez Cívico”.
Y es que los abogados desde el principio atacaron ese punto, además de que le hicieron ver a la juez Angélica Jaimes Salgado, que los policías tardaron cinco horas para entregar al Ministerio Público a los detenidos, rompiendo con ello el principio de inmediatez que establece la propia Carta Magna.
“Fueron cinco horas para redactar el oficio de puesta a disposición, eso es excesivo y vulnera los derechos”, indicó.
Y es que de entrada la juzgadora consideró que a Everardo no se le podía señalar de estar en posesión de la droga, porque Óscar les dijo a los policías que la misma era de su propiedad.
En el caso de Óscar, dijo que se le violaron sus derechos por ser revisado sin previa orden, e incluso la juez insistió que los agentes le provocaron actos de molestias.
“El procedimiento debió haber sido otro, pues debieron ser amonestados, si no obedecen, conducirlos con el juez, llevarse el vehículo e iniciar la investigación formal porque los imputados se presume se dedican a la venta de droga, según la acusación del Ministerio Público”, culminó la juez.